Administración Local. Toledo. Ayuntamiento De Talavera De La Reina. (BOE-N-2025-158679)
Anuncio de notificación de 26 de febrero de 2025 en procedimiento sancionadores en materia de tráfico. Notificación de sanción.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
TOLEDO
AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA
Anuncio de notificación de 26 de febrero de 2025 en procedimiento sancionadores en
materia de tráfico. Notificación de sanción.
ID: N2500148273
Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 91 del Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley
de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se procede a la
publicación del siguiente edicto (12/2025) en la forma indicada en dicho precepto y en
relación el listado adjunto:
EDICTO NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE ALEGACIONES Y SANCIÓN EN
PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES
Habiéndose intentado practicar la notificación individual en la forma prevista por Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y de
conformidad con lo dispuesto en su artículo 91, se hace público lo siguiente: Dictada por
el Sr. Concejal Delegado de Hacienda y Régimen Interior (delegación de competencias
otorgada mediante resolución de Alcaldía de fecha 26 de junio de 2023) resolución
sancionadora por infracción de norma de tráfico contra el titular del vehículo que figura
en la presente notificación, el presente edicto se mantendrá publicado durante un
período de veinte días naturales, teniéndose por notificada la resolución una vez
transcurrido dicho plazo. Producida la notificación, podrá Vd. obrar de alguna de las
siguientes formas:
A. PAGO DE LA SANCIÓN: Mediante obtención de carta de pago en la Oficina de
Gestión y Tramitación de Infracciones de Tráfico del Ayuntamiento de Talavera de la
Reina, sita en la Travesía/ San Benito, 1 – local de esta ciudad, en horario de 09 a 15.00
h. y de 16:00 a 18:00 h. de lunes a viernes.
B.- DISCONFORMIDAD CON LA SANCIÓN: La presente resolución sancionadora
pone fin a la vía administrativa y la sanción se podrá ejecutar desde el día siguiente a
aquél en que se notifique al interesado, produciendo plenos efectos (Art. 96.1 RDL
6/2015 LSV). No obstante, contra la resolución sancionadora podrá interponer recurso de
reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado desde el día
siguiente al de su notificación. El recurso se interpondrá ante el órgano que dictó la
resolución sancionadora, que será el competente para resolverlo. La interposición no
suspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. En el caso de que el
recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada
transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que se haya resuelto. No se
tendrán en cuenta en la resolución del recurso hechos, documentos y alegaciones del
recurrente que pudieran haber sido aportados en el procedimiento originario. El recurso
de reposición se entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de
un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.
cve: BOE-N-2025-e6d77e01709b4e540ca5c8a46fd1b7833cf9e210
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
TOLEDO
AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA
Anuncio de notificación de 26 de febrero de 2025 en procedimiento sancionadores en
materia de tráfico. Notificación de sanción.
ID: N2500148273
Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 91 del Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley
de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se procede a la
publicación del siguiente edicto (12/2025) en la forma indicada en dicho precepto y en
relación el listado adjunto:
EDICTO NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE ALEGACIONES Y SANCIÓN EN
PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES
Habiéndose intentado practicar la notificación individual en la forma prevista por Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y de
conformidad con lo dispuesto en su artículo 91, se hace público lo siguiente: Dictada por
el Sr. Concejal Delegado de Hacienda y Régimen Interior (delegación de competencias
otorgada mediante resolución de Alcaldía de fecha 26 de junio de 2023) resolución
sancionadora por infracción de norma de tráfico contra el titular del vehículo que figura
en la presente notificación, el presente edicto se mantendrá publicado durante un
período de veinte días naturales, teniéndose por notificada la resolución una vez
transcurrido dicho plazo. Producida la notificación, podrá Vd. obrar de alguna de las
siguientes formas:
A. PAGO DE LA SANCIÓN: Mediante obtención de carta de pago en la Oficina de
Gestión y Tramitación de Infracciones de Tráfico del Ayuntamiento de Talavera de la
Reina, sita en la Travesía/ San Benito, 1 – local de esta ciudad, en horario de 09 a 15.00
h. y de 16:00 a 18:00 h. de lunes a viernes.
B.- DISCONFORMIDAD CON LA SANCIÓN: La presente resolución sancionadora
pone fin a la vía administrativa y la sanción se podrá ejecutar desde el día siguiente a
aquél en que se notifique al interesado, produciendo plenos efectos (Art. 96.1 RDL
6/2015 LSV). No obstante, contra la resolución sancionadora podrá interponer recurso de
reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado desde el día
siguiente al de su notificación. El recurso se interpondrá ante el órgano que dictó la
resolución sancionadora, que será el competente para resolverlo. La interposición no
suspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. En el caso de que el
recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada
transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que se haya resuelto. No se
tendrán en cuenta en la resolución del recurso hechos, documentos y alegaciones del
recurrente que pudieran haber sido aportados en el procedimiento originario. El recurso
de reposición se entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de
un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.
cve: BOE-N-2025-e6d77e01709b4e540ca5c8a46fd1b7833cf9e210
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Núm. 54