Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Mataró. (BOE-N-2025-157758)
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento Edicto del Decreto 2274/2025 de 24 de febrero de bajas de oficio por inscripción indebida del padrón de habitantes.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 4 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE MATARÓ
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento Edicto del Decreto
2274/2025 de 24 de febrero de bajas de oficio por inscripción indebida del padrón de
habitantes.
ID: N2500149041

De acuerdo con los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica el
decreto número 2274/2025 de 24 de febrero del Regidor Delegado de Buen Gobierno,
Buena Gestión y Estrategia de futuro, por el que se acuerda la finalización del
expediente para dar de baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón de Habitantes
de este municipio la relación adjunta de personas por no residir.
“1.- Visto que el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial
autoriza al Ayuntamiento a dar de Baja de Oficio, por inscripción indebida a aquellos que
figuran empadronados incumpliendo los requisitos del art. 54 de dicho reglamento.
2.- De conformidad al mencionado artículo 72 y a la Resolución de 29 de abril de
2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020,
de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, se notifica a las personas a
continuación relacionadas con el requisito incumplido y la finalización de oficio del
expediente para proceder a dar de baja en el Padrón de su Municipio por no residir en el
mismo durante la mayor parte del año, y que contra esta presunción podrá alegar en el
plazo indicado su conformidad o disconformidad a la misma.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
• Artículos 72 y 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, aprobado por RD 1690/1986, de 11 de julio, modificado por el RD
2612/1996, de 20 de diciembre, que establecen el procedimiento para tramitar el
correspondiente expediente, en el que se dará audiencia al interesado.
• Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la
Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de
Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se
dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal,
que establece que los ayuntamientos darán de baja de oficio por inscripción indebida, a
quienes figuren empadronados sin tener la dirección efectiva en el municipio y incumplan
los requisitos del artículo 54 del Reglamento mencionado, previa la tramitación del
correspondiente expediente.
• Artículos 44 y 45 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas.
En virtud de las facultades que le otorga el decreto de Alcaldía núm. 6495/2023 de
20 de junio, de delegación de competencias a regidores delegados,

cve: BOE-N-2025-61863473e23de6ecc26907b1d725cfae8183857e
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 54