Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Joan Despí. (BOE-N-2025-157812)
Anuncio de notificación de 13 de febrero de 2025 en procedimiento Bajas por la no renovación padronal de los ciudadanos relacionados en el expediente 26742024000032 X2024005591.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Martes 4 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DESPÍ
Anuncio de notificación de 13 de febrero de 2025 en procedimiento Bajas por la no
renovación padronal de los ciudadanos relacionados en el expediente 26742024000032
X2024005591.
ID: N2500144745

ANUNCIO
De acuerdo con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y no siendo
posible la notificación personal, se comunica que el Ayuntamiento de Sant Joan Despí ha
resuelto el expediente con los datos que se exponen a continuación:
DEPARTAMENTO: OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
ASUNTO: BAJA POR LA NO RENOVACIÓN PADRONAL DE LOS CIUDADANOS
RELACIONADOS EN EL DISKET 724.
EXPEDIENTE: 26742024000032 X2024005591
En fecha 20/01/2025, se dictó la Resolución de Alcaldía número 20250001000145,
con el siguiente contenido:
Antecedentes:

Que en fecha 26/07/2024 se ha enviado notificación de preaviso de caducidad de su
inscripción para que formalicen su renovación a las personas incluidas en el fichero
H08217AI.724, de acuerdo con lo establecido el punto 6.4 de la Resolución de 29 de
abril de 2020, de la Subsecretaria, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero
de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General
de Cooperación Autonómica y Local, por la cual se dictan las instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
El Ayuntamiento ha instruido el expediente 26742024000032 para resolver la baja
por caducidad de las inscripciones en el Padrón de Habitantes de este municipio de los
ciudadanos que no han sido objeto de renovación periódica.
La renovación no constituye un acto de mero trámite y exige un acto expreso
mediante el cual el interesado manifiesta su voluntad expresa por renovar la inscripción
padronal.
El punto 6.7 de la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaria, por la que
se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto
Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local,
por la cual se dictan las instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del

cve: BOE-N-2025-7559d9ed8428f00aa8cdd1bed5acd31e475a376d
Verificable en https://www.boe.es

Que el Instituto Nacional de Estadística, mediante el fichero mensual de variaciones
H08217AI.724 ha comunicado qué ciudadanos inscritos en el Padrón Municipal de
Habitantes de Sant Joan Despí deben manifestar de forma expresa su voluntad de
renovar su inscripción padronal de acuerdo con lo que establece el artículo 16.1 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.