Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Ugao-miraballes. (BOE-N-2025-157855)
Anuncio de notificación de 10 de febrero de 2025 en procedimiento Baja de Oficio en Padrón de Habitantes por Decreto de Alcaldía nº46/25.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE UGAO-MIRABALLES
Anuncio de notificación de 10 de febrero de 2025 en procedimiento Baja de Oficio en
Padrón de Habitantes por Decreto de Alcaldía nº46/25.
ID: N2500147327
“Habiéndose presentado por DNI 04763016S, escrituras de la vivienda sita en este
municipio, quien comunica que no autoriza a que siga empadronada en dicha vivienda a
la siguiente persona, por no encontrarse actualmente habitando en la misma:
Tarjeta residente Y7479576 J
Examinado el Padrón Municipal de Habitantes de Ugao-Miraballes, aparece que en
dicha vivienda están efectivamente empadronada la persona citada anteriormente.
Entendiendo que dicha persona figura indebidamente inscrita en el Padrón Municipal
de Habitantes de Ugao-Miraballes, toda vez que según indica DNI 04763016S,
propietario de la vivienda en cuestión, no habita en la misma actualmente.
Resultando que, están incumpliendo lo establecido en los artículos 54 y 68 del
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Considerando que según dispone el artículo 72 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales (redactado por R.D. 2612/1996 de 20
de diciembre), el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes
figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del
citado Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente
expediente en el que se dará audiencia a los interesados.
Visto lo dispuesto en la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por
la que se publica la resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto
Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local,
por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del
Padrón municipal.
HE RESUELTO:
PRIMERO: INICIAR expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de
Habitantes de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, a:
Tarjeta residente Y7479576 J
SEGUNDO: Dar audiencia al interesado, por un plazo de quince días, para que
pueda presentar alegaciones.
TERCERO: Caso de resultar infructuosa la notificación del procedimiento a las
interesadas, PUBLICAR esta resolución en el Boletín del Estado y en el Tablón de
anuncios municipal, por un plazo de quince días, para que las interesadas puedan alegar
cve: BOE-N-2025-8eac9fa175c36afff823ca678604fed09fd531e8
Verificable en https://www.boe.es
Proveyendo que al desconocerse el lugar en que se les puede notificar esta
resolución, habrá de estarse a lo que regula el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, Procedimiento Administrativo Común.
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE UGAO-MIRABALLES
Anuncio de notificación de 10 de febrero de 2025 en procedimiento Baja de Oficio en
Padrón de Habitantes por Decreto de Alcaldía nº46/25.
ID: N2500147327
“Habiéndose presentado por DNI 04763016S, escrituras de la vivienda sita en este
municipio, quien comunica que no autoriza a que siga empadronada en dicha vivienda a
la siguiente persona, por no encontrarse actualmente habitando en la misma:
Tarjeta residente Y7479576 J
Examinado el Padrón Municipal de Habitantes de Ugao-Miraballes, aparece que en
dicha vivienda están efectivamente empadronada la persona citada anteriormente.
Entendiendo que dicha persona figura indebidamente inscrita en el Padrón Municipal
de Habitantes de Ugao-Miraballes, toda vez que según indica DNI 04763016S,
propietario de la vivienda en cuestión, no habita en la misma actualmente.
Resultando que, están incumpliendo lo establecido en los artículos 54 y 68 del
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Considerando que según dispone el artículo 72 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales (redactado por R.D. 2612/1996 de 20
de diciembre), el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes
figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del
citado Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente
expediente en el que se dará audiencia a los interesados.
Visto lo dispuesto en la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por
la que se publica la resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto
Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local,
por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del
Padrón municipal.
HE RESUELTO:
PRIMERO: INICIAR expediente para dar de baja en el Padrón Municipal de
Habitantes de este Ayuntamiento de Ugao-Miraballes, a:
Tarjeta residente Y7479576 J
SEGUNDO: Dar audiencia al interesado, por un plazo de quince días, para que
pueda presentar alegaciones.
TERCERO: Caso de resultar infructuosa la notificación del procedimiento a las
interesadas, PUBLICAR esta resolución en el Boletín del Estado y en el Tablón de
anuncios municipal, por un plazo de quince días, para que las interesadas puedan alegar
cve: BOE-N-2025-8eac9fa175c36afff823ca678604fed09fd531e8
Verificable en https://www.boe.es
Proveyendo que al desconocerse el lugar en que se les puede notificar esta
resolución, habrá de estarse a lo que regula el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, Procedimiento Administrativo Común.