Administración Local. Sevilla. Ayuntamiento De Sevilla. (BOE-N-2025-152954)
SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE LA EDIFICACIÓN Y PAISAJE URBANO. Anuncio de notificación de 30 de enero de 2025 en procedimiento El Sr. Gerente de Urbanismo por resolución de fecha 12 de junio de 2024 se ha servido a disponer requerir a la propiedad sita en la calle Mata nº 7 la renovación del informe de inspección técnica de la edificación en el plazo máximo de 2 meses.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52
Sábado 1 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 3
Limpieza y desescombro del edificio, con tratamiento insecticida, raticida y
desinfectante, si fuera necesario.
Cegado de los huecos de fachada y cerramientos carentes de carpintería, con cierre
efectivo de las existentes.
Picado de revestimientos sueltos y dañados en cerramientos exteriores exentos y en
fachada, con posterior enfoscado y pintura de las zonas descarnadas y saneadas.
Revisión de vuelos y cornisas de la fachada del edificio, con estabilización y/o
correcta fijación, según el caso, de los elementos dañados y sueltos, con soluciones a
decidir por el técnico director de las obras para su estabilización y protección.
Eliminación de vegetación en cubierta de teja, comprobando y fijando las piezas
inestables.
Se requiere comunicación de la fecha de inicio de las obras y del técnico encargado
y, a la mayor brevedad posible, documentación técnica, según OROA, incluyendo de
seguridad y salud y de medios auxiliares en altura, y certificado final de obra que acredite
su correcta y completa ejecución y las condiciones de seguridad del edificio, una vez
terminadas, con visado o declaración responsable para documento técnico sin visar.
Segundo. Con fechas 26/12/2023 y 10/03/2024, se han presentado los documentos
técnicos requeridos para la ejecución de las obras ordenadas y se ha acreditado de su
correcta y completa ejecución mediante la aportación de certificado final de obra e
informe final de obra, considerándose con ello que se ha cumplido con las medidas
ordenadas por resolución de fecha 15/12/2020.
Tercero. Girada visita de inspección con fecha de 22/05/2024, no ha sido posible
acceder a la finca, no obstante, desde inmueble anexo se ha podido comprobar que se
están llevando a cabo obras en el interior del edificio en la actualidad, de las cuales no
se tiene constancia en los registros de la GUMA de que se haya solicitado ni concedido
la preceptiva licencia, y que no se corresponden con las ordenadas por resolución de
15/12/2020. Se aportan fotografías:
Cuarto. En la resolución de fecha 15/12/2020 se requería a la propiedad del edificio
para que presentara Informe de Inspección Técnica de la Edificación (expte. 4548/2012),
que correspondía presentar antes del 31/12/2020, sin que conste a fecha del presente
informe su presentación.
Dado que se están ejecutando obras en el edificio sin que conste la preceptiva
licencia, se estima necesario dar traslado del presente informe al Servicio de Licencias e
Inspección Urbanística.”
Lo que le comunico para su conocimiento y a los efectos oportunos.
Sevilla, a la fecha indicada en el pié de firma del presente documento
Sevilla, 30 de enero de 2025.- El Secretario de la Gerencia de Urbanismo D. Luis
Enrique Flores Domínguez
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-b66f6b379e66e64e604422aeeaf9ad5dee84dc74
Verificable en https://www.boe.es
Quinto. En la actualidad no existe otra denuncia en el expediente que requiera una
nueva actuación de orden técnico por este Servicio de Renovación Urbana y
Conservación de la Edificación.
Núm. 52
Sábado 1 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 3
Limpieza y desescombro del edificio, con tratamiento insecticida, raticida y
desinfectante, si fuera necesario.
Cegado de los huecos de fachada y cerramientos carentes de carpintería, con cierre
efectivo de las existentes.
Picado de revestimientos sueltos y dañados en cerramientos exteriores exentos y en
fachada, con posterior enfoscado y pintura de las zonas descarnadas y saneadas.
Revisión de vuelos y cornisas de la fachada del edificio, con estabilización y/o
correcta fijación, según el caso, de los elementos dañados y sueltos, con soluciones a
decidir por el técnico director de las obras para su estabilización y protección.
Eliminación de vegetación en cubierta de teja, comprobando y fijando las piezas
inestables.
Se requiere comunicación de la fecha de inicio de las obras y del técnico encargado
y, a la mayor brevedad posible, documentación técnica, según OROA, incluyendo de
seguridad y salud y de medios auxiliares en altura, y certificado final de obra que acredite
su correcta y completa ejecución y las condiciones de seguridad del edificio, una vez
terminadas, con visado o declaración responsable para documento técnico sin visar.
Segundo. Con fechas 26/12/2023 y 10/03/2024, se han presentado los documentos
técnicos requeridos para la ejecución de las obras ordenadas y se ha acreditado de su
correcta y completa ejecución mediante la aportación de certificado final de obra e
informe final de obra, considerándose con ello que se ha cumplido con las medidas
ordenadas por resolución de fecha 15/12/2020.
Tercero. Girada visita de inspección con fecha de 22/05/2024, no ha sido posible
acceder a la finca, no obstante, desde inmueble anexo se ha podido comprobar que se
están llevando a cabo obras en el interior del edificio en la actualidad, de las cuales no
se tiene constancia en los registros de la GUMA de que se haya solicitado ni concedido
la preceptiva licencia, y que no se corresponden con las ordenadas por resolución de
15/12/2020. Se aportan fotografías:
Cuarto. En la resolución de fecha 15/12/2020 se requería a la propiedad del edificio
para que presentara Informe de Inspección Técnica de la Edificación (expte. 4548/2012),
que correspondía presentar antes del 31/12/2020, sin que conste a fecha del presente
informe su presentación.
Dado que se están ejecutando obras en el edificio sin que conste la preceptiva
licencia, se estima necesario dar traslado del presente informe al Servicio de Licencias e
Inspección Urbanística.”
Lo que le comunico para su conocimiento y a los efectos oportunos.
Sevilla, a la fecha indicada en el pié de firma del presente documento
Sevilla, 30 de enero de 2025.- El Secretario de la Gerencia de Urbanismo D. Luis
Enrique Flores Domínguez
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-b66f6b379e66e64e604422aeeaf9ad5dee84dc74
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Quinto. En la actualidad no existe otra denuncia en el expediente que requiera una
nueva actuación de orden técnico por este Servicio de Renovación Urbana y
Conservación de la Edificación.