Administración Local. Albacete. Ayuntamiento De Albacete. (BOE-N-2025-152873)
Anuncio de notificación de 25 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Sábado 1 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALBACETE
AYUNTAMIENTO DE ALBACETE
Anuncio de notificación de 25 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador.
“Intentada la notificación de la Comunicación del Inicio de Expediente sancionador nº
100/25 ES (SEGEX 1412939Q), por el cual se identifica a la persona jurídica con CIF:
B6776132-0 como presunto responsable de una infracción administrativa consistente en
perturbar el descanso, contraviniendo lo indicado en el Texto Refundido de la Ordenanza
reguladora de los espacios públicos de Albacete para fomentar y garantizar la
convivencia ciudadana y el civismo (BOP nº 49 de 29 de abril de 2015 modificado por
BOP nº 1 de 4 de enero de 2016) calificada como grave, y no habiéndose podido
practicar la notificación de la misma el día17 de febrero de 2025 en el domicilio que obra
en el expediente por resultar con cambio de dirección, en cumplimiento del artículo 42.2
de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015), por medio del
presente se comunica al presunto infractor con CIF: B6776132-0 que deben pasar a
recoger el texto íntegro de la Comunicación en el Servicio de Salud Ambiental, en la 5ª
planta del Ayuntamiento de Albacete, sito en la Plaza de la Catedral s/n, en el plazo de 5
días desde la publicación del presente anuncio en el B.O.E. Transcurrido dicho plazo sin
haberla retirado, se dará por notificada dicha Comunicación. En caso de que decida
proseguir con el curso del procedimiento, de conformidad con el art. 82.2 de la Ley
39/2015, dispone de 10 días para formular alegaciones y presentar los documentos e
informaciones que estimen pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los
medios de que intente valerse, en relación con los hechos que motivan la incoación del
presente procedimiento sancionador, con la advertencia de que de no efectuar
alegaciones sobre el contenido de la presente iniciación en el plazo referido, ésta será
considerada propuesta de resolución con los efectos del artículo 89.2) de la citada Ley
39/2015, pudiendo en los 10 días siguientes a la conclusión del plazo anterior formular
alegaciones a la propuesta de resolución y presentar los documentos e informaciones
que se estimen pertinentes.”
ALBACETE, 25 de febrero de 2025.- El Alcalde, D. Manuel Ramón Serrano López

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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