Administración Local. Guadalajara. Ayuntamiento De Villanueva De La Torre. (BOE-N-2025-152926)
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento de declaración de vehículo residuo sólido urbano.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52
Sábado 1 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GUADALAJARA
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA TORRE
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento de declaración de
vehículo residuo sólido urbano.
ID: N2500141643
No habiendo podido ser notificados las declaraciones de residuos sólidos urbanos de
los siguientes vehículos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y demás legislación aplicable, se procede a la publicación del
presente Edicto.
Matrícula: 3926HHB
Tipo: TURISMO
Bastidor: VF1DZ1G0645631162
Marca: RENAULT
Modelo: MEGANE
Titular: 08990401T
Fecha matriculación: 15/11/2011
Estacionado: APARCAMIENTO AHORRAMAS. FRENTE CLINICA
DENTAL
Fecha caducidad ITV: 18/11/2019
SEGUNDO. Entregar el vehículo para su tratamiento al Centro Autorizado de
Tratamiento de Vehículos, para su destrucción y descontaminación, instando al centro
para que proceda de acuerdo con el artículo 5 y Anexo III del Real Decreto 265/2021, de
13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el
Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de
diciembre, emita:
— Certificado de destrucción cuando se trate de automóviles y para el resto de
vehículos se expedirá el certificado de tratamiento medioambiental.
— Tramite baja electrónica definitiva del vehículo en el Registro de Vehículos de la
Dirección General de Tráfico.
TERCERO. Notificar al titular que el vehículo ha sido declarado residuo doméstico y
que se va a proceder a su traslado al Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos,
para su tratamiento como tal, e iniciar los trámites precisos para la incoación del
correspondiente procedimiento sancionador.
CUARTO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la presente resolución en la
primera sesión ordinaria que se celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo
42 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre.
No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente.”
Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar
cve: BOE-N-2025-6a32a688e600ac3576939e588e0404ed867d85b9
Verificable en https://www.boe.es
PRIMERO. Declarar como residuo doméstico el vehículo descrito, conforme a lo
dispuesto en el artículo 2.at) de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular.
Núm. 52
Sábado 1 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GUADALAJARA
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA TORRE
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento de declaración de
vehículo residuo sólido urbano.
ID: N2500141643
No habiendo podido ser notificados las declaraciones de residuos sólidos urbanos de
los siguientes vehículos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y demás legislación aplicable, se procede a la publicación del
presente Edicto.
Matrícula: 3926HHB
Tipo: TURISMO
Bastidor: VF1DZ1G0645631162
Marca: RENAULT
Modelo: MEGANE
Titular: 08990401T
Fecha matriculación: 15/11/2011
Estacionado: APARCAMIENTO AHORRAMAS. FRENTE CLINICA
DENTAL
Fecha caducidad ITV: 18/11/2019
SEGUNDO. Entregar el vehículo para su tratamiento al Centro Autorizado de
Tratamiento de Vehículos, para su destrucción y descontaminación, instando al centro
para que proceda de acuerdo con el artículo 5 y Anexo III del Real Decreto 265/2021, de
13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el
Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de
diciembre, emita:
— Certificado de destrucción cuando se trate de automóviles y para el resto de
vehículos se expedirá el certificado de tratamiento medioambiental.
— Tramite baja electrónica definitiva del vehículo en el Registro de Vehículos de la
Dirección General de Tráfico.
TERCERO. Notificar al titular que el vehículo ha sido declarado residuo doméstico y
que se va a proceder a su traslado al Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos,
para su tratamiento como tal, e iniciar los trámites precisos para la incoación del
correspondiente procedimiento sancionador.
CUARTO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la presente resolución en la
primera sesión ordinaria que se celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo
42 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre.
No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente.”
Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar
cve: BOE-N-2025-6a32a688e600ac3576939e588e0404ed867d85b9
Verificable en https://www.boe.es
PRIMERO. Declarar como residuo doméstico el vehículo descrito, conforme a lo
dispuesto en el artículo 2.at) de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular.