Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Bilbao. (BOE-N-2025-145772)
SUBDIRECCIÓN JURÍDICO-ADMINISTRATIVA. Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento de incoación sancionador tramitado en el expediente 2025-004125 por falta de identificación animal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de febrero de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE BILBAO
SUBDIRECCIÓN JURÍDICO-ADMINISTRATIVA. Anuncio de notificación de 24 de
febrero de 2025 en procedimiento de incoación sancionador tramitado en el expediente
2025-004125 por falta de identificación animal.
ID: N2500141624

Intentada la notificación a D…. (Y3446576V), no se ha podido practicar conforme a lo
dispuesto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que en
cumplimiento del artículo 44 de la citada Ley, se publica el presente anuncio a fin de que
sirva de notificación de procedimiento sancionador 2025-004125 incoado contra VD. por
resolución del Concejal Delegado del Área Municipal de Salud y Consumo de 21 de
enero de 2025, que dice:
PRIMERO.- La Incoación de procedimiento sancionador a la persona presuntamente
autora de la infracción, D. …….. (Y3446576V) y domicilio en la calle ……….. Bilbao, en
base a los hechos y motivos que se detallan a continuación:
-Hechos presuntamente sancionables: La posesión de un perro sin identificación
censal, al haberse constatado la ausencia del microchip identificador obligatorio con
ocasión de la recogida en la vía pública el pasado día 3 de diciembre de 2024, del perro
de su propiedad y al que se le implantó el chip identificador nº …..
-Posible calificación jurídica de la infracción: Infracción leve, prevista en el artículo
38. 1.k) de la Ley del Parlamento Vasco 9/2022, de 30 de junio, de Protección de los
Animales Domésticos.
-Sanción prevista: Según el artículo 40.1.a) de Ley del Parlamento Vasco 9/2022, de
30 de junio, de Protección de los Animales Domésticos, de confirmarse la veracidad de
los hechos y la responsabilidad de la persona inculpada, la sanción prevista consiste en
Multa por importe de 100 € a 3.000 €.
-Sanción propuesta: De conformidad con el artículo 40.1.a) y en relación con el
artículo 43.1.b) por el perjuicio causado al animal de la citada Ley, se propone una
sanción de Multa por importe de 800 euros, dada la trascendencia de la infracción en el
ámbito de la protección y bienestar de los animales de compañía, así como de la
adecuada protección de la salud pública, al constituir el microchip el instrumento
fundamental para prevenir los abandonos y por el perjuicio causado tanto al propio
animal como a la sociedad, por el internamiento prolongado a que se ven sometidos los
perros abandonados en los Centros de Recogida Municipales que deben asumir los
costes de su cuidado y manutención.
SEGUNDO.- La instrucción del procedimiento corresponde a la Técnico de la sección
jurídico-administrativa, Dña. Itziar González Sierra, con sujeción al régimen de
incompatibilidades y de recusación previsto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
TERCERO.- El plazo máximo para la tramitación-resolución del presente
procedimiento será de 6 meses desde la fecha de la incoación, en base a lo dispuesto en

cve: BOE-N-2025-a016d56ad55dfdfcaad8e45929ff0ea0338cc5fa
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 50