Administración Local. Illes Balears. Ayuntamiento De Palma. (BOE-N-2025-146062)
SERVICIO DE INFRACCIONES GENERALES. Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento resolución expedientes sancionadores ig 2024 01386- ig 2024 04452 Ajuntament de Palma DMI177473.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE PALMA
SERVICIO DE INFRACCIONES GENERALES. Anuncio de notificación de 24 de febrero
de 2025 en procedimiento resolución expedientes sancionadores ig 2024 01386- ig 2024
04452 Ajuntament de Palma DMI177473.
ID: N2500141265
La teniente de alcalde de la Área de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior y
el concejal de la Área delegada de Seguridad Ciudadana y Civismo de acuerdo con las
competencias atribuidas por el Decreto del Alcalde nº 10678, de 10.09.2024 (BOIB nº
125, de 24.09.2024) y de acuerdo con el decreto de alcaldía nº 11129, de 17.09.2024
(BOIB nº 125, de 24.09.2024), que aprueba la estructura de las áreas municipales y
titulares, y acuerdo de la Junta de Gobierno, de 05.07.2023 (BOIB nº 95 de 11.07.2023) y
las delegaciones de competencias de la Alcaldía en materia de potestad sancionadora
(BOIB nº 138 de 10.10.2023) , han acordado la resolución de los expedientes que se
relacionan en el anexo de este edicto.
No se ha podido llevar a cabo la notificación por ser desconocidos los interesados,
ignorarse el lugar de la notificación o bien no haber podido practicarse. Por ello se
publica este aviso, de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº 236, de
02.10.2015).
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo que dispone el
artículo 123 de la Ley 39/2015, de 01.10.2015 (BOE nº 236, de 02.10.2015). El plazo
para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de la publicación de este
edicto. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta
que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo debe
presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que
se refiere el artículo 16.4 de la ley antes mencionada, y se entenderá desestimado
cuando no se haya resuelto y notificado en el plazo de un mes contado desde el día
siguiente de su interposición. En este caso queda expedita la vía contenciosa
administrativa. Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición se puede interponer
directamente recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo establecido en
dicho artículo 123 y los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa (BOE nº 167, de 14.07.1998),
ante el juzgado contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el
día siguiente de la publicación de este edicto, todo ello sin perjuicio de cualquier otro
recurso o acción que se considere conveniente. Si se interpone el recurso de reposición
ejecución de la sanción queda suspendida hasta que se resuelva. Si no se interpone se
deberá pagar dentro de los plazos siguientes:
Lugar de pago voluntario de la sanción: la Recaudación Municipal, ubicada en la
plaza de Santa Eulalia, nº 9, 1º e-mail: recaptaciovol@palma.cat Plazo: si la notificación
de la resolución se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, el plazo finaliza el día 20
del mes posterior. Si la notificación de la resolución se realiza entre días 16 y último de
cve: BOE-N-2025-0431f07f747d5fb1d7611fa0a91f03d0c7bf00ca
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE PALMA
SERVICIO DE INFRACCIONES GENERALES. Anuncio de notificación de 24 de febrero
de 2025 en procedimiento resolución expedientes sancionadores ig 2024 01386- ig 2024
04452 Ajuntament de Palma DMI177473.
ID: N2500141265
La teniente de alcalde de la Área de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior y
el concejal de la Área delegada de Seguridad Ciudadana y Civismo de acuerdo con las
competencias atribuidas por el Decreto del Alcalde nº 10678, de 10.09.2024 (BOIB nº
125, de 24.09.2024) y de acuerdo con el decreto de alcaldía nº 11129, de 17.09.2024
(BOIB nº 125, de 24.09.2024), que aprueba la estructura de las áreas municipales y
titulares, y acuerdo de la Junta de Gobierno, de 05.07.2023 (BOIB nº 95 de 11.07.2023) y
las delegaciones de competencias de la Alcaldía en materia de potestad sancionadora
(BOIB nº 138 de 10.10.2023) , han acordado la resolución de los expedientes que se
relacionan en el anexo de este edicto.
No se ha podido llevar a cabo la notificación por ser desconocidos los interesados,
ignorarse el lugar de la notificación o bien no haber podido practicarse. Por ello se
publica este aviso, de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº 236, de
02.10.2015).
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo que dispone el
artículo 123 de la Ley 39/2015, de 01.10.2015 (BOE nº 236, de 02.10.2015). El plazo
para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de la publicación de este
edicto. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta
que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo debe
presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que
se refiere el artículo 16.4 de la ley antes mencionada, y se entenderá desestimado
cuando no se haya resuelto y notificado en el plazo de un mes contado desde el día
siguiente de su interposición. En este caso queda expedita la vía contenciosa
administrativa. Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición se puede interponer
directamente recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo establecido en
dicho artículo 123 y los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa (BOE nº 167, de 14.07.1998),
ante el juzgado contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el
día siguiente de la publicación de este edicto, todo ello sin perjuicio de cualquier otro
recurso o acción que se considere conveniente. Si se interpone el recurso de reposición
ejecución de la sanción queda suspendida hasta que se resuelva. Si no se interpone se
deberá pagar dentro de los plazos siguientes:
Lugar de pago voluntario de la sanción: la Recaudación Municipal, ubicada en la
plaza de Santa Eulalia, nº 9, 1º e-mail: recaptaciovol@palma.cat Plazo: si la notificación
de la resolución se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, el plazo finaliza el día 20
del mes posterior. Si la notificación de la resolución se realiza entre días 16 y último de
cve: BOE-N-2025-0431f07f747d5fb1d7611fa0a91f03d0c7bf00ca
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 50