Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Sevilla. (BOE-N-2025-147641)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SANLÚCAR LA MAYOR 1. Anuncio de notificación de 25 de febrero de 2025 en procedimiento Notificación de colindantes desconocidos de la finca 1251 de Umbrete.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 2
legitimada notarialmente, o con firma electrónica reconocida y presentada
telemáticamente en el Registro de la Propiedad. Si actúa por medio de representante
deberá este acreditar la representación, con los documentos públicos necesarios al
efecto, remitiéndolo a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad: SANLÚCAR LA MAYOR Nº1
Dirección: CALLE GLORIA Nº2, 41800 SANLÚCAR LA MAYOR
En el caso de no comparecer y justificar la oposición se presumirá que no se opone a
la inscripción de la representación geográfica notificada.
La representación geográfica cuya inscripción se solicita podrá consultarse en https://
geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/41010000523321.
Observaciones: conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación
gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38,
que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica
expresadas.
LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS:
A les efectos del Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos (en adelante, "RGPD"), queda informado:
- De conformidad con lo dispuesto en la solicitud de publicidad registral, los datos
personales expresados en la misma han sido y serán objeto de tratamiento e
incorporados a los Libros y archivos del Registro, cuyo responsable es el Registrador,
siendo el uso y fin del tratamiento los recogidos y previstos expresamente en la
normativa registral, la cual sirve de base legitimadora de este tratamiento.
-Conforme al art. 6 de la Instrucción de la Dirección General de los Registros y del
Notariado de 17 de febrero de 1993, el titular de los datos queda informado que los
mismos serán cedidos con el objeto de satisfacer el derecho del titular de la/s finca/s o
derecho/s inscritos en el Registro a ser informado, a su instancia, del nombre o de la
denominación y domicilio de las personas físicas o jurídicas que han recabado
información respecto a su persona o bienes.-El periodo de conservación de los datos se determinará de acuerdo a los criterios
establecidos en la legislación registral, resoluciones de la Dirección General de los
Registros y del Notariado e instrucciones colegiales. En el caso de la facturación de
servicios, dichos periodos de conservación se determinarán de acuerdo a la normativa
fiscal y tributaria aplicable en cada memento. En todo caso, el Registro podrá conservar
los datos por un tiempo superior a los indicados conforme a dichos criterios normativos
en aquellos supuestos en que sea necesario por la existencia de responsabilidades
derivadas de la prestación servicio.-La información puesta a su disposición es para su uso exclusivo y tiene carácter
intransferible y confidencial y únicamente podrá utilizarse para la finalidad por la que se
solicitó la información. Queda prohibida la transmisión o cesión de la información por el
usuario a cualquier otra persona, incluso de manera gratuita.-De conformidad con la Instrucción de la Dirección General de los Registros y del
Notariado de 17 de febrero de 1993 queda prohibida la incorporación de los datos que
constan en la información registral a ficheros o bases informáticas para la consulta
individualizada de personas físicas o jurídicas, incluso expresando la fuente de
procedencia.-
cve: BOE-N-2025-fefa53ee33f5393d239fe64039ba8cfc80bb8134
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 2
legitimada notarialmente, o con firma electrónica reconocida y presentada
telemáticamente en el Registro de la Propiedad. Si actúa por medio de representante
deberá este acreditar la representación, con los documentos públicos necesarios al
efecto, remitiéndolo a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad: SANLÚCAR LA MAYOR Nº1
Dirección: CALLE GLORIA Nº2, 41800 SANLÚCAR LA MAYOR
En el caso de no comparecer y justificar la oposición se presumirá que no se opone a
la inscripción de la representación geográfica notificada.
La representación geográfica cuya inscripción se solicita podrá consultarse en https://
geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/41010000523321.
Observaciones: conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación
gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38,
que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica
expresadas.
LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS:
A les efectos del Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos (en adelante, "RGPD"), queda informado:
- De conformidad con lo dispuesto en la solicitud de publicidad registral, los datos
personales expresados en la misma han sido y serán objeto de tratamiento e
incorporados a los Libros y archivos del Registro, cuyo responsable es el Registrador,
siendo el uso y fin del tratamiento los recogidos y previstos expresamente en la
normativa registral, la cual sirve de base legitimadora de este tratamiento.
-Conforme al art. 6 de la Instrucción de la Dirección General de los Registros y del
Notariado de 17 de febrero de 1993, el titular de los datos queda informado que los
mismos serán cedidos con el objeto de satisfacer el derecho del titular de la/s finca/s o
derecho/s inscritos en el Registro a ser informado, a su instancia, del nombre o de la
denominación y domicilio de las personas físicas o jurídicas que han recabado
información respecto a su persona o bienes.-El periodo de conservación de los datos se determinará de acuerdo a los criterios
establecidos en la legislación registral, resoluciones de la Dirección General de los
Registros y del Notariado e instrucciones colegiales. En el caso de la facturación de
servicios, dichos periodos de conservación se determinarán de acuerdo a la normativa
fiscal y tributaria aplicable en cada memento. En todo caso, el Registro podrá conservar
los datos por un tiempo superior a los indicados conforme a dichos criterios normativos
en aquellos supuestos en que sea necesario por la existencia de responsabilidades
derivadas de la prestación servicio.-La información puesta a su disposición es para su uso exclusivo y tiene carácter
intransferible y confidencial y únicamente podrá utilizarse para la finalidad por la que se
solicitó la información. Queda prohibida la transmisión o cesión de la información por el
usuario a cualquier otra persona, incluso de manera gratuita.-De conformidad con la Instrucción de la Dirección General de los Registros y del
Notariado de 17 de febrero de 1993 queda prohibida la incorporación de los datos que
constan en la información registral a ficheros o bases informáticas para la consulta
individualizada de personas físicas o jurídicas, incluso expresando la fuente de
procedencia.-
cve: BOE-N-2025-fefa53ee33f5393d239fe64039ba8cfc80bb8134
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 50