Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Madrid. (BOE-N-2025-147477)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL 3. Anuncio de notificación de 25 de febrero de 2025 en procedimiento Notificación a colindantes conforme Art. 199 L.H.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 2
personalmente, previa solicitud, o por escrito con firma legitimada notarialmente o
ratificada ante el registrador, o con firma electrónica reconocida y presentada
telemáticamente en el Registro de la Propiedad. Si actúa por medio de representante
deberá este acreditar la representación, con los documentos públicos necesarios al
efecto.
En el caso de no comparecer y justificar la oposición se presumirá que no se opone a
la inscripción de la representación geográfica notificada.
Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación del referido
expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación gráfica y lista
de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38, que la finca
objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica expresadas.
La inscripción de la representación gráfica a que se refiere la presente notificación no
modifica la superficie inscrita de la finca registral de la que usted pueda ser titular.
cve: BOE-N-2025-0d6b2d6f9b34b36da53eebf7a2cfbd40de117805
Verificable en https://www.boe.es
San Lorenzo Escorial, 25 de febrero de 2025.- El/La Registrador/a, Jimena
Campuzano Gómez-Acebo
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 2
personalmente, previa solicitud, o por escrito con firma legitimada notarialmente o
ratificada ante el registrador, o con firma electrónica reconocida y presentada
telemáticamente en el Registro de la Propiedad. Si actúa por medio de representante
deberá este acreditar la representación, con los documentos públicos necesarios al
efecto.
En el caso de no comparecer y justificar la oposición se presumirá que no se opone a
la inscripción de la representación geográfica notificada.
Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación del referido
expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación gráfica y lista
de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38, que la finca
objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica expresadas.
La inscripción de la representación gráfica a que se refiere la presente notificación no
modifica la superficie inscrita de la finca registral de la que usted pueda ser titular.
cve: BOE-N-2025-0d6b2d6f9b34b36da53eebf7a2cfbd40de117805
Verificable en https://www.boe.es
San Lorenzo Escorial, 25 de febrero de 2025.- El/La Registrador/a, Jimena
Campuzano Gómez-Acebo
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X