Administración Local. Jaén. Ayuntamiento De Jaén. (BOE-N-2025-146106)
NEGOCIADO DE ESTADÍSTICA. Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimiento Baja en el padrón municipal de habitantes, por inscripción indebida, de varios ciudadanos extranjeros que no han confirmado su residencia en Jaén.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
JAÉN
AYUNTAMIENTO DE JAÉN
NEGOCIADO DE ESTADÍSTICA. Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en
procedimiento Baja en el padrón municipal de habitantes, por inscripción indebida, de
varios ciudadanos extranjeros que no han confirmado su residencia en Jaén.
ID: N2500143805
Que incoado expediente para proceder a dar de baja de oficio en el Padrón Municipal
de Habitantes, por inscripción indebida, a las personas que a continuación se relacionan,
en virtud de los acuerdos del Consejo de Empadronamiento de 27 de Junio de 2008, y
de acuerdo con los representantes locales de la FEMP, en el que se procederá a
comprobar la residencia de los extranjeros de la Unión Europea y de los Estados parte
del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, asi como los que sin pertenecer a
estos países tienen Tarjeta de residencia de régimen comunitario o autorización de
residencia permanente, y no habiendo podido practicar la notificación personal a los
afectados, por medio del presente se les pone de manifiesto el expediente mediante
anuncio en el Tablón Edictal Único del B.O.E., para que durante un plazo de 10 días
hábiles, puedan formular las alegaciones y presentar los documentos o justificaciones
que estimen pertinentes, en defensa de sus respectivos derechos e intereses, con la
advertencia de que, en caso de no efectuar alegación alguna, una vez transcurrido el
plazo señalado al efecto, o si los interesados manifiestan su disconformidad con la baja,
y en todo caso, cuando no figuren empadronados en ningún otro municipio, se procederá
a declarar la baja de oficio, previo informe favorable de la Sección Provincial del Consejo
de Empadronamiento. Todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 72 y 85 E
y 92 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las entidades locales,
aprobado por RD 1690/1986, de 11 de julio, en concordancia con lo dispuesto en la
resolución de 9 de abril de 1997, por la que se dictan instrucciones técnicas a los
ayuntamientos, sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal. El plazo para
personarse se contará desde el día siguiente a la publicación de este Edicto en el Tablón
Edictal Único del B.O.E.
Tarjeta de Residencia
X08349531W
Y dos menores de edad con los siguientes documentos de identidad: ES644456,
Y01184286F.
JAÉN, 21 de febrero de 2025.- EL ALCALDE
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-c6b84d8b36c98dd0257d6e33a8b00c69286dea37
Verificable en https://www.boe.es
EDICTO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
JAÉN
AYUNTAMIENTO DE JAÉN
NEGOCIADO DE ESTADÍSTICA. Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en
procedimiento Baja en el padrón municipal de habitantes, por inscripción indebida, de
varios ciudadanos extranjeros que no han confirmado su residencia en Jaén.
ID: N2500143805
Que incoado expediente para proceder a dar de baja de oficio en el Padrón Municipal
de Habitantes, por inscripción indebida, a las personas que a continuación se relacionan,
en virtud de los acuerdos del Consejo de Empadronamiento de 27 de Junio de 2008, y
de acuerdo con los representantes locales de la FEMP, en el que se procederá a
comprobar la residencia de los extranjeros de la Unión Europea y de los Estados parte
del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, asi como los que sin pertenecer a
estos países tienen Tarjeta de residencia de régimen comunitario o autorización de
residencia permanente, y no habiendo podido practicar la notificación personal a los
afectados, por medio del presente se les pone de manifiesto el expediente mediante
anuncio en el Tablón Edictal Único del B.O.E., para que durante un plazo de 10 días
hábiles, puedan formular las alegaciones y presentar los documentos o justificaciones
que estimen pertinentes, en defensa de sus respectivos derechos e intereses, con la
advertencia de que, en caso de no efectuar alegación alguna, una vez transcurrido el
plazo señalado al efecto, o si los interesados manifiestan su disconformidad con la baja,
y en todo caso, cuando no figuren empadronados en ningún otro municipio, se procederá
a declarar la baja de oficio, previo informe favorable de la Sección Provincial del Consejo
de Empadronamiento. Todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 72 y 85 E
y 92 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las entidades locales,
aprobado por RD 1690/1986, de 11 de julio, en concordancia con lo dispuesto en la
resolución de 9 de abril de 1997, por la que se dictan instrucciones técnicas a los
ayuntamientos, sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal. El plazo para
personarse se contará desde el día siguiente a la publicación de este Edicto en el Tablón
Edictal Único del B.O.E.
Tarjeta de Residencia
X08349531W
Y dos menores de edad con los siguientes documentos de identidad: ES644456,
Y01184286F.
JAÉN, 21 de febrero de 2025.- EL ALCALDE
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-c6b84d8b36c98dd0257d6e33a8b00c69286dea37
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EDICTO