Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-144996)
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimientos de actos que no han podido ser notificados a los interesados (resolución de la reclamación previa sobre reintegro de prestaciones indebidas).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 21 de
febrero de 2025 en procedimientos de actos que no han podido ser notificados a los
interesados (resolución de la reclamación previa sobre reintegro de prestaciones
indebidas).
ID: N2500142956
De conformidad con lo que establece el artículo 132, apartado 4, del Texto Refundido
de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
notificaciones que no hayan podido realizarse en la Sede Electrónica de la Seguridad
Social o en el domicilio del interesado, se practicarán exclusivamente por medio de un
anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Habiéndose intentado la notificación sin que haya sido posible practicarla por causas
no imputables al Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante
su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la mencionada Ley 39/2015, las
personas interesadas que se indican al final de esta notificación, o sus representantes
debidamente acreditados, podrán acceder, en el plazo de 10 días siguientes a la
presente publicación, para conocimiento y constancia del contenido íntegro del acto
administrativo, a la notificación electrónica publicada en el Registro de Notificaciones:
http://run.gob.es/qfjgyq o, en su defecto, podrán comparecer ante cualquier Centro de
Atención e Información de la Seguridad Social.
Una vez producida la notificación dispondrá de treinta días hábiles para interponer
demanda ante el Juzgado de lo Social, de conformidad con lo establecido en el artículo
71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (B.O.E. del 11
de octubre).
RELACIÓN DE PERSONAS INTERESADAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL
PRESTACIÓN
EXPEDIENTE
NIF
ZARAGOZA
INGRESO MÍNIMO VITAL 50202000000000013549 73443012X
MELILLA
INGRESO MÍNIMO VITAL 52202000000000002038 45305467K
Madrid, 21 de febrero de 2025.- INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-2369f137762a86016dc0bc4798ac36a5f1c6e848
Verificable en https://www.boe.es
La notificación se entenderá practicada a partir de la efectiva comparecencia o por el
transcurso del plazo indicado anteriormente.
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 21 de
febrero de 2025 en procedimientos de actos que no han podido ser notificados a los
interesados (resolución de la reclamación previa sobre reintegro de prestaciones
indebidas).
ID: N2500142956
De conformidad con lo que establece el artículo 132, apartado 4, del Texto Refundido
de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
notificaciones que no hayan podido realizarse en la Sede Electrónica de la Seguridad
Social o en el domicilio del interesado, se practicarán exclusivamente por medio de un
anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Habiéndose intentado la notificación sin que haya sido posible practicarla por causas
no imputables al Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante
su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la mencionada Ley 39/2015, las
personas interesadas que se indican al final de esta notificación, o sus representantes
debidamente acreditados, podrán acceder, en el plazo de 10 días siguientes a la
presente publicación, para conocimiento y constancia del contenido íntegro del acto
administrativo, a la notificación electrónica publicada en el Registro de Notificaciones:
http://run.gob.es/qfjgyq o, en su defecto, podrán comparecer ante cualquier Centro de
Atención e Información de la Seguridad Social.
Una vez producida la notificación dispondrá de treinta días hábiles para interponer
demanda ante el Juzgado de lo Social, de conformidad con lo establecido en el artículo
71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (B.O.E. del 11
de octubre).
RELACIÓN DE PERSONAS INTERESADAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL
PRESTACIÓN
EXPEDIENTE
NIF
ZARAGOZA
INGRESO MÍNIMO VITAL 50202000000000013549 73443012X
MELILLA
INGRESO MÍNIMO VITAL 52202000000000002038 45305467K
Madrid, 21 de febrero de 2025.- INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-2369f137762a86016dc0bc4798ac36a5f1c6e848
Verificable en https://www.boe.es
La notificación se entenderá practicada a partir de la efectiva comparecencia o por el
transcurso del plazo indicado anteriormente.