Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De La Región De Murcia. Consejería De Política Social, Familias E Igualdad. (BOE-N-2025-145299)
INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL (IMAS). Anuncio de notificación de 17 de febrero de 2025 en procedimiento de Pensión no Contributiva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Jueves 27 de febrero de 2025

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Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE POLÍTICA SOCIAL, FAMILIAS E IGUALDAD
INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL (IMAS). Anuncio de notificación de 17 de
febrero de 2025 en procedimiento de Pensión no Contributiva.
ID: N2500141248

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por
la presente se procede a publicar las Resoluciones de la Directora General de
Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión del Instituto Murciano de Acción Social,
a las personas relacionadas en el anexo y cuyo último domicilio conocido es el que se
indica, que en el expediente reseñado por el que solicitan Pensión No Contributiva de la
Seguridad Social, regulada por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de Octubre, por el
que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (B.O.E del día
31), les ha sido reconocido el derecho a Pensión No Contributiva, en la cuantía y con los
efectos económicos indicados en la Resolución, cuya fecha se especifica en cada caso.
Lo que se comunica, para su conocimiento y efectos, indicando que contra la
mencionada Resolución podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional
laboral ante la Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, en el plazo de
treinta (30) días hábiles contados a partir del siguiente a la recepción de esta
notificación, de conformidad con lo establecido en el art. 71 de la Ley 36/2011, de 10 de
octubre (BOE del día 11), reguladora de la Jurisdicción Social.
Reconocido el derecho a Pensión no Contributiva quedan obligados a:

Presentar, antes del 1 de abril de cada año, la declaración de ingresos propios y de
su Unidad referidos al año inmediatamente anterior.
La no presentación de la declaración anual dará lugar a la suspensión del pago de la
pensión reconocida.
Presentarse a revisión de la minusvalía o enfermedad crónica en la fecha en que
sean citados para ello (sólo para los pensionistas de Invalidez).
Otros efectos: El derecho a percibir la pensión no contributiva da lugar al
reconocimiento de la asistencia sanitaria por el Instituto Nacional de la Seguridad Social,
organismo al que debe dirigirse si se produjera alguna incidencia con la efectividad del
derecho a la asistencia sanitaria.
Anexo
Reconocimiento P.N.C

cve: BOE-N-2025-3d0d4f42faf7e7b97ab7370e5c51dacf08d7d074
Verificable en https://www.boe.es

Comunicar cualquier variación en sus circunstancias de convivencia, estado civil,
residencia y recursos económicos declarados, en el plazo de 30 días desde la fecha en
que se produzcan. Así como, la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o
propia.