Administración Local. Cádiz. Diputación Provincial De Cádiz. (BOE-N-2025-145792)
ÁREA DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA. Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador en materia de Tráfico y Seguridad Vial: Resolución sancionadora de denuncias de Barbate.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 2
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 96 RDL 6/2015 y 108 de la Ley 7/1985, de
2 de abril reguladora de las Bases del Régimen local, recurso de reposición, en el plazo
de UN MES contado a partir del día siguiente al de la práctica de la notificación de la
resolución. La interposición del Recuso de Reposición no suspenderá la ejecución del
acto impugnado ni de la sanción.
Puede realizar la presentación del recurso de reposición en La Sede electrónica del
SPRyGT de la Diputación de Cádiz, a través del enlace web https://sprygt.dipucadiz.es/
inicio. También por cualquier otro medio de los recogidos en el art 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Puede consultar las oficinas del SPRyGT de la Diputación de
Cádiz en https://sprygt.dipucadiz.es/inicio, apartado "Información de interés. Red de
oficinas". La documentación deberá presentarse debidamente cumplimentada, indicando
el nº de expediente, y deberá interponerse ante el órgano que dictó la resolución
sancionadora.
Asimismo podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS
MESES contados desde el día siguiente a la notificación de la disposición impugnada o
al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no
lo fuera, el plazo será de SEIS MESES y se contará, para el solicitante y otros posibles
interesados, a partir del día siguiente a aquél en que deba entenderse desestimado el
recurso de reposición.
Dicho recurso deberá interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente, de acuerdo con los artículos 8, 14.1 regla 2º y 46 de la Ley 29/1998, de
13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá
formular cualquier recurso que estime oportuno.
En el caso de que la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, estos se
detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede
consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es
La documentación correspondiente a los expedientes indicados obra en la Oficina
Externa Auxiliar (Tlf. 956 206 135), en Cádiz sita en Edificio Glorieta, zona Franca planta
3 puerta 3, en Chiclana de la Frontera, sita en c/ Álamo nº 15 ; en Jerez de la Frontera,
sita en C/Camino de Albadalejo, nº 115, o en cualquier oficina del Servicio Provincial de
Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Cádiz repartidas por la provincia.
Puede obtener el listado de la red de oficinas y datos de contacto a través de la siguiente
dirección: http://www.dipucadiz.es/recaudacion_y_gestion_tributaria/red-de-oficinas/.
La identificación de los afectados y destinatarios de las actuaciones administrativas
se realiza dando cumplimiento de la Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales.
Barbate, 24 de febrero de 2025.- La Vicesecretaria General , Dª. Marta ÁlvarezRequejo Pérez
cve: BOE-N-2025-9288f9e601df139fd0046d100a4e292ac2d841dc
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 2
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 96 RDL 6/2015 y 108 de la Ley 7/1985, de
2 de abril reguladora de las Bases del Régimen local, recurso de reposición, en el plazo
de UN MES contado a partir del día siguiente al de la práctica de la notificación de la
resolución. La interposición del Recuso de Reposición no suspenderá la ejecución del
acto impugnado ni de la sanción.
Puede realizar la presentación del recurso de reposición en La Sede electrónica del
SPRyGT de la Diputación de Cádiz, a través del enlace web https://sprygt.dipucadiz.es/
inicio. También por cualquier otro medio de los recogidos en el art 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Puede consultar las oficinas del SPRyGT de la Diputación de
Cádiz en https://sprygt.dipucadiz.es/inicio, apartado "Información de interés. Red de
oficinas". La documentación deberá presentarse debidamente cumplimentada, indicando
el nº de expediente, y deberá interponerse ante el órgano que dictó la resolución
sancionadora.
Asimismo podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS
MESES contados desde el día siguiente a la notificación de la disposición impugnada o
al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no
lo fuera, el plazo será de SEIS MESES y se contará, para el solicitante y otros posibles
interesados, a partir del día siguiente a aquél en que deba entenderse desestimado el
recurso de reposición.
Dicho recurso deberá interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente, de acuerdo con los artículos 8, 14.1 regla 2º y 46 de la Ley 29/1998, de
13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá
formular cualquier recurso que estime oportuno.
En el caso de que la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, estos se
detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede
consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es
La documentación correspondiente a los expedientes indicados obra en la Oficina
Externa Auxiliar (Tlf. 956 206 135), en Cádiz sita en Edificio Glorieta, zona Franca planta
3 puerta 3, en Chiclana de la Frontera, sita en c/ Álamo nº 15 ; en Jerez de la Frontera,
sita en C/Camino de Albadalejo, nº 115, o en cualquier oficina del Servicio Provincial de
Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Cádiz repartidas por la provincia.
Puede obtener el listado de la red de oficinas y datos de contacto a través de la siguiente
dirección: http://www.dipucadiz.es/recaudacion_y_gestion_tributaria/red-de-oficinas/.
La identificación de los afectados y destinatarios de las actuaciones administrativas
se realiza dando cumplimiento de la Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales.
Barbate, 24 de febrero de 2025.- La Vicesecretaria General , Dª. Marta ÁlvarezRequejo Pérez
cve: BOE-N-2025-9288f9e601df139fd0046d100a4e292ac2d841dc
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 50