Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Arona. (BOE-N-2025-146426)
Anuncio de notificación de 25 de febrero de 2025 en procedimiento Baja de licencia municipal de acople de agua.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Jueves 27 de febrero de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
AYUNTAMIENTO DE ARONA
Anuncio de notificación de 25 de febrero de 2025 en procedimiento Baja de licencia
municipal de acople de agua.
ID: N2500144155

NEGOCIADO DE AGUA – EXPEDIENTE 39/2024/PR202
ANUNCIO
Por el Concejal Delegado, se ha dictado la siguiente RESOLUCIÓN Nº 2024/10633,
de fecha 13/12/2024.
En relación con el escrito presentado por Dª. *******, con DNI/CIF Nº 09198043K, y:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Que Dª. *******, mediante escrito de fecha 15 de noviembre de 2024, con
registro de entrada nº 2024070284, solicita Baja a Licencia de Acople de agua para una
vivienda, sito en AV. JOSE ANTONIO TAVIO, Nº 4, BL FI, PISO 1, PTA 204, RS. EL
CHAPARRAL, COSTA DEL SILENCIO, con contrato de suministro nº 10777945, cuyo
titular es Dª. *******.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo.- Que dispone el artículo 94 de la referida Ley 39/2015, que tanto el
desistimiento como la renuncia podrán hacerse por cualquier medio que permita su
constancia y que la Administración aceptará de plano el mismo.
Tercero.- Que dispone el artículo 84.1 de la Ley 39/2015, de de 01 de octubre,
pondrán fin al procedimiento la resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en
que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento
jurídico y la declaración de caducidad.
Cuarto.- Que la concesión de baja a la licencia de acople de agua corresponde al
Alcalde, en virtud de lo dispuesto en los artículos 21.1 q) de la Ley 7/85, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, y 8.13 del Reglamento Orgánico Municipal, competencia
delegada a favor de la Sra. Teniente de Alcalde Dª. Devi Pereyra Kroll y a su vez
delegado específicamente a favor D. Alexis David Gómez Álvarez, por Resolución de la
Alcaldesa-Presidenta nº 2024/8466, de fecha 30 de septiembre.
Quinto.- Que según lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de de 01 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

cve: BOE-N-2025-7c4015f69587e05e35a013f2c0c4fe1f6f9a9e82
Verificable en https://www.boe.es

Primero.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 39/2015,
de 01 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, la Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los
procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación. En los casos de
prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la
solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la
resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso,
con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables.