Administración Local. Córdoba. Ayuntamiento De Hornachuelos. (BOE-N-2025-145864)
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento Tramitación de expediente de Baja en el Padrón Municipal de Habitantes por caducidad ENCSARP.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Jueves 27 de febrero de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CÓRDOBA
AYUNTAMIENTO DE HORNACHUELOS
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento Tramitación de
expediente de Baja en el Padrón Municipal de Habitantes por caducidad ENCSARP.
ID: N2500140588

DECRETO
El artículo 16.1, párrafo segundo, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, establece la obligatoriedad de la renovación periódica cada
dos años de las inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes de las personas
extranjeras no comunitarias sin autorización de residencia permanente, y la caducidad
de dichas inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal renovación en el plazo
indicado. En este caso, la caducidad podrá declararse sin necesidad de audiencia previa
de las personas interesadas.
La Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidenta del Instituto Nacional de
Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las
Comunidades Autónomas y Entidades Locales, dicta instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar dicha caducidad.
Se ha constatado por los servicios municipales competentes que a esta fecha se ha
producido la caducidad de la siguiente inscripción padronal de personas de nacionalidad
extranjera no comunitaria sin autorización de residencia permanente, por haber
transcurrido dos años desde su fecha de alta en el Padrón Municipal de Habitantes, o
desde la fecha de la última renovación expresa, sin haber procedido a su renovación:
Nombre PASAPORTE Domicilio Fech. Inscripción o renov. Fech. Caducidad

HERESUELTO
PRIMERO.- Declarar la caducidad de la inscripción en el Padrón Municipal de
Habitantes de la persona extranjera no comunitaria sin autorización de residencia
permanente señaladas, por haber transcurrido dos años desde su fecha de alta en el
Padrón o desde la fecha de la última renovación expresa, sin haber procedido a su
renovación.
SEGUNDO.- Notificar la presente resolución a las personas interesadas en los
términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
TERCERO.- Que los servicios municipales correspondientes procedan a dar baja por
caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes a la referida inscripción caducada,
tomando como fecha de baja la de la presente resolución.
HORNACHUELOS, 24 de febrero de 2025.- ALDALDE-PRESIDENTE D. JULIAN
LOPEZ VÁZQUEZ

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