Administración Local. Murcia. Ayuntamiento De Molina De Segura. (BOE-N-2025-146335)
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador de Vía Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Jueves 27 de febrero de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MURCIA
AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador de Vía
Pública.
ID: N2500141397

Intentada sin efecto la práctica de la notificación al interesado con N.I.E. X7724706H,
del Acuerdo de incoación de expediente sancionador aprobado por el Concejal Delegado
de Vía Pública el día 10/01/2025 en el expediente 2024/32332, se procede, en los
términos fijados en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a realizar la misma, mediante su
publicación en el B.O.E. Dicho Acuerdo de incoación es el siguiente, atendiendo a lo que
establece la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales:
“En este órgano administrativo se ha tenido conocimiento, a través de denuncia de
los miembros de la Policía Local, con carné profesional 27-066 y 27-089, de los
siguientes:
HECHOS
El interesado con N.I.E. X7724706-H, fue identificado el pasado día 25/09/2024, a las
15:54 horas, cuando se encontraba en el Parque de la Compañía, por “realizar
necesidades fisiológicas en la vía pública”.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Para tales infracciones, y sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción, según lo
dispuesto en el artículo 115.1 de la normativa indicada, correspondería imponer la
sanción de multa por importe de hasta 750 euros.
Legislación aplicable
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Pública (en adelante LPACAP).
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP)
Ordenanza V.6 reguladora de la Limpieza Pública.
Dado que este órgano es el competente para iniciar y resolver el procedimiento
sancionador, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 21 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, delegadas mediante Decreto
de Alcaldía n.º 2023004378, de fecha 22 de junio de 2023,

cve: BOE-N-2025-dab88f97be50d1bdb5acb0203602a1d69f70c134
Verificable en https://www.boe.es

Los hechos presuntamente cometidos y arriba descritos, pueden ser constitutivos de
una infracción leve, tipificada en el artículo 114.1 de la Ordenanza V.6 reguladora de la
Limpieza Pública: Satisfacer las necesidades fisiológicas en la vía pública (art. 11.4).