Administración Local. Murcia. Ayuntamiento De Cieza. (BOE-N-2025-146331)
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MURCIA
AYUNTAMIENTO DE CIEZA
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500141782
Habiéndose intentado la notificación a los interesados en los siguientes
procedimientos sancionadores y no habiéndose logrado practicar la misma en su último
domicilio conocido, se procede, en los términos fijados en el artículo 44 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, a realizarla por medio del presente anuncio en el BOE:
1025273Q
Resolución de inicio Normativa
X7054518G 03/02/2025
OM de bebidas alcohólicas
(BORM 12/06/2012)
Infracción
Sanción
Leve Art. 16.1.A 180 €
Con arreglo al art. 64 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
AdministrativoComún de las Administraciones Públicas, se pone de
expediente al interesado, significándole que dispone de un plazo de
formular alegaciones y aportar los documentos que estime pertinentes,
proponer pruebas, concretando los medios de que pueda valerse.
Procedimiento
manifiesto el
15 días para
y en su caso,
De conformidad con el art. 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si en contestación a la
notificación del presente Decreto el infractor reconoce su responsabilidad, se dará por
finalizado el expediente, decretando la imposición de la sanción con una reducción del
20% sobre el importe de la sanción propuesta; si además hace efectiva la sanción antes
de que proceda dictarla resolución del procedimiento, dentro delplazo de 15 días
siguientes a la recepción de la presente resolución de incoación, la cuantía se reducirá
otro 20 por ciento, siendo los dos supuestos de reducción acumulables entre sí y su
efectividad estará condicionada al desistimiento o renuncia a cualquier acción o recurso
en vía administrativa contra la sanción. Asimismo, se advierte al interesado que para
efectuar el abono de la sanción deberá personarse en el Departamento de Inspección y
Sanciones, donde se le entregará el documento de pago correspondiente para efectuar
el ingreso a través de los medios de pago y dentro del período que se establezca en el
mismo.
El pago voluntario de la multa dentro del referido plazo, implicará la terminación del
procedimiento con las siguientes consecuencias:
La reducción del 40 por ciento del importe de la sanción de multa.
La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen formuladas se tendrán
por no presentadas.
La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día
en quese realice el pago, siendo recurrible la sanción únicamente ante el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
cve: BOE-N-2025-4f39777b5076025c7549ef3183405394a51ac67c
Verificable en https://www.boe.es
Expediente Interesado
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MURCIA
AYUNTAMIENTO DE CIEZA
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500141782
Habiéndose intentado la notificación a los interesados en los siguientes
procedimientos sancionadores y no habiéndose logrado practicar la misma en su último
domicilio conocido, se procede, en los términos fijados en el artículo 44 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, a realizarla por medio del presente anuncio en el BOE:
1025273Q
Resolución de inicio Normativa
X7054518G 03/02/2025
OM de bebidas alcohólicas
(BORM 12/06/2012)
Infracción
Sanción
Leve Art. 16.1.A 180 €
Con arreglo al art. 64 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
AdministrativoComún de las Administraciones Públicas, se pone de
expediente al interesado, significándole que dispone de un plazo de
formular alegaciones y aportar los documentos que estime pertinentes,
proponer pruebas, concretando los medios de que pueda valerse.
Procedimiento
manifiesto el
15 días para
y en su caso,
De conformidad con el art. 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si en contestación a la
notificación del presente Decreto el infractor reconoce su responsabilidad, se dará por
finalizado el expediente, decretando la imposición de la sanción con una reducción del
20% sobre el importe de la sanción propuesta; si además hace efectiva la sanción antes
de que proceda dictarla resolución del procedimiento, dentro delplazo de 15 días
siguientes a la recepción de la presente resolución de incoación, la cuantía se reducirá
otro 20 por ciento, siendo los dos supuestos de reducción acumulables entre sí y su
efectividad estará condicionada al desistimiento o renuncia a cualquier acción o recurso
en vía administrativa contra la sanción. Asimismo, se advierte al interesado que para
efectuar el abono de la sanción deberá personarse en el Departamento de Inspección y
Sanciones, donde se le entregará el documento de pago correspondiente para efectuar
el ingreso a través de los medios de pago y dentro del período que se establezca en el
mismo.
El pago voluntario de la multa dentro del referido plazo, implicará la terminación del
procedimiento con las siguientes consecuencias:
La reducción del 40 por ciento del importe de la sanción de multa.
La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen formuladas se tendrán
por no presentadas.
La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día
en quese realice el pago, siendo recurrible la sanción únicamente ante el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
cve: BOE-N-2025-4f39777b5076025c7549ef3183405394a51ac67c
Verificable en https://www.boe.es
Expediente Interesado