Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Rubí. (BOE-N-2025-145716)
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento de expediente de Disciplina urbanística (25/20024/OE).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE RUBÍ
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento de expediente de
Disciplina urbanística (25/20024/OE).
ID: N2500140478
Ante la imposibilidad de realizar la notificación del Decreto de concejal delegado
núm. 160/2025 de 15/01/2025 relacionado con expediente 25/2024/OE, y en virtud del
artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas:
Interesado/s: 37422556S
Primero. ORDENAR expediente de ORDEN DE EJECUCIÓN de las obras de
reparación y conservación en relación al deficiente estado de seguridad de la finca
situada en el C TRES TORRES 13 de Rubí (referencia catastral:
8258010DF1985N0001XY), de conformidad con el artículo 197 del TRL Decreto
Legislativo, 7/2015, de 30 de octubre.
Consultado el bien inmueble en la Sede Electrónica del Catastro con referencia
8258010DF1985N0001XY, la finca es propiedad de GC4 2019 SL 100% de nuda
propiedad, y consta 37422556S como 100% usufructuario. La finca consta de 161 m2
construidos en 1961 sobre una parcela de 1.302 m2.
Segundo. Ordenar que dado que la finca situada en el C TRES TORRES 13, de Rubí
no reúne las condiciones mínimas de seguridad necesarias, la resolución del expediente
deberá ordenar que se proceda en los plazos indicados, en la ejecución voluntaria, de
siguientes actuaciones:
Las medidas de protección deberán mantenerse y conservarse hasta que se elimine
el riesgo.
b) La propiedad presente en el plazo máximo de 10 días un certificado de un técnico
particular conforme se han tomado las medidas de protección necesarias para garantizar
la seguridad.
c) La propiedad presente en el plazo máximo de 1 MES un certificado de solidez de
la estructura de la vivienda y del subsuelo sobre el que se sustenta.
d) La propiedad ejecute en el plazo máximo de 1 MES las obras de reparación de
suministro de agua potable de la red.
e) La propiedad ejecute las siguientes obras de reparación:
-el socavón
-la estructura en su caso
-los muros de contención (en la calle, bajo la caseta auxiliar y detrás de la casa)
cve: BOE-N-2025-2a6cccbc07f23b019fe82796130fdee20c6e5c08
Verificable en https://www.boe.es
a) La propiedad, en el plazo máximo de 10 días, tome las medidas de protección
necesarias para garantizar la estabilidad estructural del conjunto.
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE RUBÍ
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento de expediente de
Disciplina urbanística (25/20024/OE).
ID: N2500140478
Ante la imposibilidad de realizar la notificación del Decreto de concejal delegado
núm. 160/2025 de 15/01/2025 relacionado con expediente 25/2024/OE, y en virtud del
artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas:
Interesado/s: 37422556S
Primero. ORDENAR expediente de ORDEN DE EJECUCIÓN de las obras de
reparación y conservación en relación al deficiente estado de seguridad de la finca
situada en el C TRES TORRES 13 de Rubí (referencia catastral:
8258010DF1985N0001XY), de conformidad con el artículo 197 del TRL Decreto
Legislativo, 7/2015, de 30 de octubre.
Consultado el bien inmueble en la Sede Electrónica del Catastro con referencia
8258010DF1985N0001XY, la finca es propiedad de GC4 2019 SL 100% de nuda
propiedad, y consta 37422556S como 100% usufructuario. La finca consta de 161 m2
construidos en 1961 sobre una parcela de 1.302 m2.
Segundo. Ordenar que dado que la finca situada en el C TRES TORRES 13, de Rubí
no reúne las condiciones mínimas de seguridad necesarias, la resolución del expediente
deberá ordenar que se proceda en los plazos indicados, en la ejecución voluntaria, de
siguientes actuaciones:
Las medidas de protección deberán mantenerse y conservarse hasta que se elimine
el riesgo.
b) La propiedad presente en el plazo máximo de 10 días un certificado de un técnico
particular conforme se han tomado las medidas de protección necesarias para garantizar
la seguridad.
c) La propiedad presente en el plazo máximo de 1 MES un certificado de solidez de
la estructura de la vivienda y del subsuelo sobre el que se sustenta.
d) La propiedad ejecute en el plazo máximo de 1 MES las obras de reparación de
suministro de agua potable de la red.
e) La propiedad ejecute las siguientes obras de reparación:
-el socavón
-la estructura en su caso
-los muros de contención (en la calle, bajo la caseta auxiliar y detrás de la casa)
cve: BOE-N-2025-2a6cccbc07f23b019fe82796130fdee20c6e5c08
Verificable en https://www.boe.es
a) La propiedad, en el plazo máximo de 10 días, tome las medidas de protección
necesarias para garantizar la estabilidad estructural del conjunto.