Administración Local. Murcia. Ayuntamiento De Fuente álamo De Murcia. (BOE-N-2025-146332)
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento Edicto de Alcaldía. Notificación Decreto de Resolución de procedimientos sancionadores por Infracción a la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana. (Expt.-1063/2025).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MURCIA
AYUNTAMIENTO DE FUENTE ÁLAMO DE MURCIA
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento Edicto de Alcaldía.
Notificación Decreto de Resolución de procedimientos sancionadores por Infracción a la
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
(Expt.-1063/2025).
ID: N2500143643
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42.2, 44 y 45 de la Ley 39/2015, de
01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes
sancionadores que se indican, dictados por la autoridad competente según lo establecido
en el artículo 21.1-n de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local y artículo 32.3 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección
de la Seguridad Ciudadana, a las personas o entidades denunciadas que a continuación
se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio
conocido, ésta no se ha podido practicar.
EXPEDIENTE FECHA
2405242350
NORMATIVA ARTICULO DNI/NIE/PASAPORTE CIUDAD
24/05/2024 L.O. 4/2015
37.4
74021424H
FUENTE
ÁLAMO
SANCION
300€
Que los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones del
Ayuntamiento de Fuente Álamo.
Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derecho, las resoluciones serán
firmes y las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario dentro de los 15 días
siguientes a la firmeza, con la advertencia que de no hacerlo se procederá a su exacción
por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe por apremio.
La resolución del procedimiento sancionador será recurrible de conformidad con la
Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Contra la resolución que ponga fin a la vía administrativa
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en su caso, por el procedimiento
para la protección de los derechos fundamentales de la persona, en los términos de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
De conformidad con lo establecido en el artículo 43.3 de la Ley Orgánica 4/2015, de
30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, se le informa que una vez haya
adquirido firmeza la sanción en vía administrativa, se procederá a la práctica de los
correspondientes asientos en el Registro Central de Infracciones contra la Seguridad
Ciudadana, donde podrán solicitar el acceso, cancelación o rectificación de sus datos de
conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
cve: BOE-N-2025-a350489194940e4fb92f4de713419454a9760aee
Verificable en https://www.boe.es
Contra estas resoluciones, que no son firmes en vía administrativa, podrá
interponerse recurso de reposición, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado, ante la
Alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia.
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MURCIA
AYUNTAMIENTO DE FUENTE ÁLAMO DE MURCIA
Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento Edicto de Alcaldía.
Notificación Decreto de Resolución de procedimientos sancionadores por Infracción a la
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
(Expt.-1063/2025).
ID: N2500143643
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42.2, 44 y 45 de la Ley 39/2015, de
01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes
sancionadores que se indican, dictados por la autoridad competente según lo establecido
en el artículo 21.1-n de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local y artículo 32.3 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección
de la Seguridad Ciudadana, a las personas o entidades denunciadas que a continuación
se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio
conocido, ésta no se ha podido practicar.
EXPEDIENTE FECHA
2405242350
NORMATIVA ARTICULO DNI/NIE/PASAPORTE CIUDAD
24/05/2024 L.O. 4/2015
37.4
74021424H
FUENTE
ÁLAMO
SANCION
300€
Que los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones del
Ayuntamiento de Fuente Álamo.
Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derecho, las resoluciones serán
firmes y las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario dentro de los 15 días
siguientes a la firmeza, con la advertencia que de no hacerlo se procederá a su exacción
por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe por apremio.
La resolución del procedimiento sancionador será recurrible de conformidad con la
Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Contra la resolución que ponga fin a la vía administrativa
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en su caso, por el procedimiento
para la protección de los derechos fundamentales de la persona, en los términos de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
De conformidad con lo establecido en el artículo 43.3 de la Ley Orgánica 4/2015, de
30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, se le informa que una vez haya
adquirido firmeza la sanción en vía administrativa, se procederá a la práctica de los
correspondientes asientos en el Registro Central de Infracciones contra la Seguridad
Ciudadana, donde podrán solicitar el acceso, cancelación o rectificación de sus datos de
conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
cve: BOE-N-2025-a350489194940e4fb92f4de713419454a9760aee
Verificable en https://www.boe.es
Contra estas resoluciones, que no son firmes en vía administrativa, podrá
interponerse recurso de reposición, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado, ante la
Alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia.