Administración Local. Sevilla. Ayuntamiento De Lebrija. (BOE-N-2025-146500)
Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimiento Notificación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
AYUNTAMIENTO DE LEBRIJA
Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimiento Notificación.
ID: N2500135208
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas se hace pública
notificación de la Propuesta de resolución de fecha 21/10/2024 del procedimiento
sancionador tramitado por actuaciones perturbadoras de la convivencia ciudadana,
dictado por la Autoridad sancionadora, a la persona denunciada que a continuación se
relaciona, ya que intentada la misma en su ultimo domicilio conocido, ésta no se ha
podido practicar.
Referencia: Expediente 0300MLG/MLG 03708
Interesado: 523313456P
Asunto: Resolución de inicio del procedimiento sancionador.
Norma: Ley 13/1999 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de
Andalucía y Ordenanza Municipal de Actividades Recreativas y Espectáculos Públicos
del Ayuntamiento de Lebrija (BOP de Sevilla n.º 293 de 21/12/2021)
No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o
indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el
procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá
interponer el recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los
motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015. El
plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes; el plazo máximo
para dictar y notificar la Resolución será de un mes, desde su interposición (artículo 124
de la Ley 39/2015).
Lebrija, 21 de febrero de 2025.- El Secretario General. D. Manuel Jaramillo
Fernández
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-0461232fe9ba3cf29c02af21c4c41d0042d65f6b
Verificable en https://www.boe.es
Se pone de manifiesto para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que se trata de
un acto de trámite y como tal no procede la interposición de recursos contra el mismo.
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
AYUNTAMIENTO DE LEBRIJA
Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimiento Notificación.
ID: N2500135208
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas se hace pública
notificación de la Propuesta de resolución de fecha 21/10/2024 del procedimiento
sancionador tramitado por actuaciones perturbadoras de la convivencia ciudadana,
dictado por la Autoridad sancionadora, a la persona denunciada que a continuación se
relaciona, ya que intentada la misma en su ultimo domicilio conocido, ésta no se ha
podido practicar.
Referencia: Expediente 0300MLG/MLG 03708
Interesado: 523313456P
Asunto: Resolución de inicio del procedimiento sancionador.
Norma: Ley 13/1999 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de
Andalucía y Ordenanza Municipal de Actividades Recreativas y Espectáculos Públicos
del Ayuntamiento de Lebrija (BOP de Sevilla n.º 293 de 21/12/2021)
No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o
indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el
procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá
interponer el recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los
motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015. El
plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes; el plazo máximo
para dictar y notificar la Resolución será de un mes, desde su interposición (artículo 124
de la Ley 39/2015).
Lebrija, 21 de febrero de 2025.- El Secretario General. D. Manuel Jaramillo
Fernández
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-0461232fe9ba3cf29c02af21c4c41d0042d65f6b
Verificable en https://www.boe.es
Se pone de manifiesto para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que se trata de
un acto de trámite y como tal no procede la interposición de recursos contra el mismo.