Administración Local. Cantabria. Ayuntamiento De Santa María De Cayón. (BOE-N-2025-145813)
Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimiento Notificación de denuncias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CANTABRIA
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN
Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimiento Notificación de
denuncias.
ID: N2500134987
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace
pública notificación de denuncia de los expedientes sancionadores que se indican,
dictadas por la autoridad competente según el art. 15 del Real Decreto 320/94 de 25 de
febrero Regulador del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico,
a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose
intentado en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
En aquellos supuestos en que el titular del vehículo no fuera el conductor del mismo
en el momento de la infracción denunciada, se le requiere que en el plazo de 20 días
naturales, contados desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del
Estado, comunique al órgano instructor del procedimiento el nombre, apellidos, DNI y
domicilio de la persona que conducía el vehículo en la fecha de la denuncia,
apercibiéndole, expresamente, que el incumplimiento de dicho deber resulta sancionable
como falta muy grave en los términos del art. 80.2.b) del Real Decreto Legislativo 6/2015
de 30 de octubre.
Los expedientes se encuentran de manifiesto en el Departamento de Sanciones del
Ayuntamiento de Santa María de Cayón, concediéndose un plazo de 20 días naturales al
efecto puedan formular, por escrito y señalando el nº de expediente, alegaciones,
observaciones o presenten la documentación que estimen oportuna en defensa de sus
derechos. Igualmente podrán solicitar práctica de prueba. Transcurrido dicho plazo sin
que se haya hecho uso de los derechos reseñados se dictarán las correspondientes
resoluciones, y ello en los términos del artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de
agosto.
El pago voluntario dentro del plazo de 20 días contados a partir del siguiente a la
publicación en el BOE del presente anuncio, implicará una reducción del 50% en la
cuantía de la multa que en cada caso se señale, y se realizará a través de los siguientes
medios:
Mediante ingreso en la cuenta ES37 2048 2068 6134 0000 0013, LIBERBANK o
ES79 0049 5898 0229 1040 1000, BANCO SANTANDER, indicando expediente,
matrícula y nombre del titular del vehículo.
En el supuesto de que la infracción implique detracción de puntos, el agente
denunciante tomará nota de los datos del permiso de conducción y los remitirá al órgano
sancionador competente que, cuando la sanción sea firme, los comunicará juntamente
con la sanción y la detracción de puntos correspondientes al Registro de Conductores e
Infractores (artículo 69 y siguientes del RDL 6/2015).
Este expediente caduca al año de su iniciación, salvo que concurran causas de
suspensión (artículo 112del R.D.L. 6/2015).
cve: BOE-N-2025-adc7faa4eff1bdef10848b3ae2a2d8d62bfea8ac
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CANTABRIA
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE CAYÓN
Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimiento Notificación de
denuncias.
ID: N2500134987
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace
pública notificación de denuncia de los expedientes sancionadores que se indican,
dictadas por la autoridad competente según el art. 15 del Real Decreto 320/94 de 25 de
febrero Regulador del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico,
a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose
intentado en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
En aquellos supuestos en que el titular del vehículo no fuera el conductor del mismo
en el momento de la infracción denunciada, se le requiere que en el plazo de 20 días
naturales, contados desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del
Estado, comunique al órgano instructor del procedimiento el nombre, apellidos, DNI y
domicilio de la persona que conducía el vehículo en la fecha de la denuncia,
apercibiéndole, expresamente, que el incumplimiento de dicho deber resulta sancionable
como falta muy grave en los términos del art. 80.2.b) del Real Decreto Legislativo 6/2015
de 30 de octubre.
Los expedientes se encuentran de manifiesto en el Departamento de Sanciones del
Ayuntamiento de Santa María de Cayón, concediéndose un plazo de 20 días naturales al
efecto puedan formular, por escrito y señalando el nº de expediente, alegaciones,
observaciones o presenten la documentación que estimen oportuna en defensa de sus
derechos. Igualmente podrán solicitar práctica de prueba. Transcurrido dicho plazo sin
que se haya hecho uso de los derechos reseñados se dictarán las correspondientes
resoluciones, y ello en los términos del artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de
agosto.
El pago voluntario dentro del plazo de 20 días contados a partir del siguiente a la
publicación en el BOE del presente anuncio, implicará una reducción del 50% en la
cuantía de la multa que en cada caso se señale, y se realizará a través de los siguientes
medios:
Mediante ingreso en la cuenta ES37 2048 2068 6134 0000 0013, LIBERBANK o
ES79 0049 5898 0229 1040 1000, BANCO SANTANDER, indicando expediente,
matrícula y nombre del titular del vehículo.
En el supuesto de que la infracción implique detracción de puntos, el agente
denunciante tomará nota de los datos del permiso de conducción y los remitirá al órgano
sancionador competente que, cuando la sanción sea firme, los comunicará juntamente
con la sanción y la detracción de puntos correspondientes al Registro de Conductores e
Infractores (artículo 69 y siguientes del RDL 6/2015).
Este expediente caduca al año de su iniciación, salvo que concurran causas de
suspensión (artículo 112del R.D.L. 6/2015).
cve: BOE-N-2025-adc7faa4eff1bdef10848b3ae2a2d8d62bfea8ac
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 50