Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Zalla. (BOE-N-2025-145785)
Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimiento inicio expediente baja por inscripción indebida en el padrón municipal. Diciembre 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE ZALLA
Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimiento inicio expediente baja
por inscripción indebida en el padrón municipal. Diciembre 2024.
ID: N2500135701
Teniendo conocimiento de que las personas que a continuación se relacionan figuran
indebidamente inscritas en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento de Zalla
por no residir habitualmente en el domicilio en que figuran empadronadas, incumpliendo
así lo establecido en los artículos 57 y 68 del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las entidades locales, por Decreto de la Alcaldía-Presidencia, se ha resuelto
proceder a la incoación de oficio de expediente mediante el cual se declare su situación
de baja por inscripción indebida en el Padrón de este municipio, en virtud de lo dispuesto
en la Resolución de 29 de abril de 2020, de la directora del Instituto Nacional de
Estadística y del Director General de Cooperación Territorial Al desconocer el lugar de
notificación,y en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/15, la citada
resolución se notificará exponiendo la misma en el tablón de edictos del ayuntamiento,
así como insertando anuncio en el Boletín Oficial del Estado, al objeto de que el
interesado, en el plazo de 15 días, bien pueda alegar y presentar cuantos documentos y
justificaciones considere oportunas para acreditar su correcta inscripción en el Padrón
Municipal de habitantes de Zalla, o bien proceda a regularizar su situación padronal,
comunicando a este Ayuntamiento la variación de su domicilio o el municipio de su actual
residencia.Transcurrido dicho plazo sin que realice actuación alguna en cualquiera de los
dos sentidos indicados, se procederá, de una parte, a tramitar su baja en el Padrón de
Habitantes de este municipio, con las consecuencias que ello conlleva, y de otra parte, a
realizar las actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de
aplicación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 107 de antes citado
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Zalla , 21 de febrero de 2025.- Unai Diago Santamaria. Alcalde del ayuntamiento de
Zalla
cve: BOE-N-2025-f06a77324d408d42481fb9b9ad90e4209f11d446
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE ZALLA
Anuncio de notificación de 21 de febrero de 2025 en procedimiento inicio expediente baja
por inscripción indebida en el padrón municipal. Diciembre 2024.
ID: N2500135701
Teniendo conocimiento de que las personas que a continuación se relacionan figuran
indebidamente inscritas en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento de Zalla
por no residir habitualmente en el domicilio en que figuran empadronadas, incumpliendo
así lo establecido en los artículos 57 y 68 del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las entidades locales, por Decreto de la Alcaldía-Presidencia, se ha resuelto
proceder a la incoación de oficio de expediente mediante el cual se declare su situación
de baja por inscripción indebida en el Padrón de este municipio, en virtud de lo dispuesto
en la Resolución de 29 de abril de 2020, de la directora del Instituto Nacional de
Estadística y del Director General de Cooperación Territorial Al desconocer el lugar de
notificación,y en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/15, la citada
resolución se notificará exponiendo la misma en el tablón de edictos del ayuntamiento,
así como insertando anuncio en el Boletín Oficial del Estado, al objeto de que el
interesado, en el plazo de 15 días, bien pueda alegar y presentar cuantos documentos y
justificaciones considere oportunas para acreditar su correcta inscripción en el Padrón
Municipal de habitantes de Zalla, o bien proceda a regularizar su situación padronal,
comunicando a este Ayuntamiento la variación de su domicilio o el municipio de su actual
residencia.Transcurrido dicho plazo sin que realice actuación alguna en cualquiera de los
dos sentidos indicados, se procederá, de una parte, a tramitar su baja en el Padrón de
Habitantes de este municipio, con las consecuencias que ello conlleva, y de otra parte, a
realizar las actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de
aplicación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 107 de antes citado
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Zalla , 21 de febrero de 2025.- Unai Diago Santamaria. Alcalde del ayuntamiento de
Zalla
cve: BOE-N-2025-f06a77324d408d42481fb9b9ad90e4209f11d446
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 50