Administración Local. Cantabria. Ayuntamiento De Santander. (BOE-N-2025-145820)
Anuncio de notificación de 20 de febrero de 2025 en procedimientos de notificación incoación expediente sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de febrero de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CANTABRIA
AYUNTAMIENTO DE SANTANDER
Anuncio de notificación de 20 de febrero de 2025 en procedimientos de notificación
incoación expediente sancionador.
ID: N2500132600

Conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con
lo establecido en esta materia en los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo
6/2015,de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial (LSV), se hace pública la notificación
de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el
Servicio de Gestión de Multas de Tráfico, en cuyas dependencias obran los citados
expedientes, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que
habiéndose intentado la notificación bien en su último domicilio conocido o dirección
electrónica vial que en su caso tuviese asignada, esta no se ha podido practicar.
Transcurrido el período de veinte días naturales desde que la notificación se hubiese
publicado en el BOE, se entenderá que ésta ha sido practicada.
Durante el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente al de esta notificación,
puede presentar alegaciones en el Registro físico de este Ayuntamiento, en el Registro
Telemático en www.ayto-santander.es o en registros, oficinas y dependencias del art.
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El importe de la multa, con reducción del 50%, se puede hacer efectivo durante 20
días naturales a partir del siguiente a esta notificación.
El plazo máximo de duración del procedimiento será de un año desde la fecha de
inicio hasta el intento de notificación de la resolución sancionadora; caso contrario se
producirá su caducidad, excepto los supuestos de suspensión (art. 112.3 de la LSV).
Formas de Pago: En el Servicio de Gestión de Multas (Pz Ayuntamiento s/n) se
proporcionará la oportuna carta de pago por el importe correspondiente. En todo caso,
podrán dirigirse al número de atención al ciudadano (942 093 123), en el cual se
informará puntualmente de todos los medios de pago disponibles.
Santander, 20 de febrero de 2025.- El Secretario Técnico de la Junta de Gobierno
Local P.D. María Reyes Renedo Riegas

cve: BOE-N-2025-6f402ba7182c80be11f63035f27e1038ccb5a6ad
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Núm. 50