Administración Local. Illes Balears. Ayuntamiento De Eivissa. (BOE-N-2025-146007)
Anuncio de notificación de 20 de febrero de 2025 en procedimiento Notificación de resolución de recurso de reposición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Anuncio de notificación de 20 de febrero de 2025 en procedimiento Notificación de
resolución de recurso de reposición.
ID: N2500142239
Intentadas, sin efecto, las notificaciones de resolución de recurso de reposición de
expediente sancionador en materia de tráfico, en la forma prevista en el artículo 90.1 de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (RDL 6/2015, de
30 de octubre), en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas mediante
Decreto 2023-5709 de fecha 22 de junio de 2023, (BOIB nº88 de 29.06.2023), y de
conformidad con lo dispuesto en el art. 91 del RDL 6/2015, de 30 de octubre, se hace
público lo siguiente:
Vistos los recursos de reposición interpuestos por las personas interesadas que a
continuación se relacionan, esta Alcaldía, sobre la base de las atribuciones conferidas
por el artículo 84.4 del RDL 6/2015, de 30 de octubre, resuelve la desestimación de los
mismos e imponer la sanción correspondiente por la cuantía que se indica.
A partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto, la persona
interesada dispone de los siguientes plazos:
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer:
b) Cualquier otro recurso que crea conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa y con la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
El importe de la sanción deberá hacerse efectivo durante el plazo de QUINCE DÍAS
NATURALES siguientes a la publicación del presente edicto. Una vez transcurrido dicho
plazo sin que se haya satisfecho la deuda en período voluntario, se procederá a su
recaudación por vía ejecutiva, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 110.1 del RDL
6/2015, de 30 de octubre, incrementando su importe con los recargos de apremio y los
intereses de demora legales correspondientes que en su caso procedan.
Asimismo, se le informa que la interposición de cualquier recurso o acción no
suspenderá está vía ejecutiva, salvo en los casos y condiciones previstos en el artículo
101 del Reglamento General de Recaudación.
FORMAS DE PAGO
1. En el Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Eivissa (C/Canarias,35,1º,
Eivissa) en metálico, talón conformado o tarjeta de crédito, indicando el nº de expediente
y matrícula del vehículo. 2. Mediante giro postal dirigido al Ayuntamiento de Eivissa,
consignando el nº de expediente y matrícula del vehículo. 3. Mediante ingreso en
cve: BOE-N-2025-08bf60176d965f7381eb20ed5f0812b8db47a3bf
Verificable en https://www.boe.es
a) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo
de Palma de Mallorca durante el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente
al de la presente publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Anuncio de notificación de 20 de febrero de 2025 en procedimiento Notificación de
resolución de recurso de reposición.
ID: N2500142239
Intentadas, sin efecto, las notificaciones de resolución de recurso de reposición de
expediente sancionador en materia de tráfico, en la forma prevista en el artículo 90.1 de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (RDL 6/2015, de
30 de octubre), en virtud de las atribuciones que me han sido delegadas mediante
Decreto 2023-5709 de fecha 22 de junio de 2023, (BOIB nº88 de 29.06.2023), y de
conformidad con lo dispuesto en el art. 91 del RDL 6/2015, de 30 de octubre, se hace
público lo siguiente:
Vistos los recursos de reposición interpuestos por las personas interesadas que a
continuación se relacionan, esta Alcaldía, sobre la base de las atribuciones conferidas
por el artículo 84.4 del RDL 6/2015, de 30 de octubre, resuelve la desestimación de los
mismos e imponer la sanción correspondiente por la cuantía que se indica.
A partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto, la persona
interesada dispone de los siguientes plazos:
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer:
b) Cualquier otro recurso que crea conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa y con la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
El importe de la sanción deberá hacerse efectivo durante el plazo de QUINCE DÍAS
NATURALES siguientes a la publicación del presente edicto. Una vez transcurrido dicho
plazo sin que se haya satisfecho la deuda en período voluntario, se procederá a su
recaudación por vía ejecutiva, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 110.1 del RDL
6/2015, de 30 de octubre, incrementando su importe con los recargos de apremio y los
intereses de demora legales correspondientes que en su caso procedan.
Asimismo, se le informa que la interposición de cualquier recurso o acción no
suspenderá está vía ejecutiva, salvo en los casos y condiciones previstos en el artículo
101 del Reglamento General de Recaudación.
FORMAS DE PAGO
1. En el Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Eivissa (C/Canarias,35,1º,
Eivissa) en metálico, talón conformado o tarjeta de crédito, indicando el nº de expediente
y matrícula del vehículo. 2. Mediante giro postal dirigido al Ayuntamiento de Eivissa,
consignando el nº de expediente y matrícula del vehículo. 3. Mediante ingreso en
cve: BOE-N-2025-08bf60176d965f7381eb20ed5f0812b8db47a3bf
Verificable en https://www.boe.es
a) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo
de Palma de Mallorca durante el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente
al de la presente publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.