Administración Local. Salamanca. Ayuntamiento De Castellanos De Moriscos. (BOE-N-2025-146415)
Anuncio de notificación de 20 de febrero de 2025 en procedimiento notificacion resolucion baja de oficio del padron de habitantes de Castellanos de Moriscos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SALAMANCA
AYUNTAMIENTO DE CASTELLANOS DE MORISCOS
Anuncio de notificación de 20 de febrero de 2025 en procedimiento notificacion
resolucion baja de oficio del padron de habitantes de Castellanos de Moriscos.
ID: N2500132771
Con fecha 10 de Diciembre de 2024 se presenta en esta Corporación escrito por
parte del propietario del inmueble sito en C/ Ria de Arosa nº 2 del municipio de
Castellanos de Moriscos, por el que solicita la baja en el padrón de habitantes del
ciudadano con Pasaporte YE405635, alegando que no reside en ese inmueble.
Una vez acreditada la condición de propietario, por Decreto de Alcaldía de fecha 11
de Diciembre de 2024 se inició el correspondiente expediente de baja de oficio por
inscripción indebida en el Padrón de Habitantes del ciudadano indicado, puesto que, a
través del procedimiento de comprobación de residencia se detectó que existían
suficientes indicios de que no residía efectivamente en este municipio.
Intentada la notificación al interesado, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015,
sin que se haya podido llevar a cabo, se realiza un anuncio en el Boletín Oficial de
Estado, tal como determina el Artículo 44 de la citada Ley, dando trámite de audiencia al
interesado para que, en un plazo de quince días formulase las alegaciones que
considerara oportunas.
RESUELVO:
PRIMERO: Decretar la baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón de
Habitantes del Ayuntamiento de Castellanos de Moriscos de la persona con Documento
de Identificación Nº:
GE267605 - 07979152-S - FT547933 - YE405635
SEGUNDO: Desconocido el domicilio de notificación del interesado, dar publicidad a
esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento de Castellanos de Moriscos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
44 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa, frente a la misma se podrá
interponer, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el Alcalde en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al que reciba esta notificación (arts. 112, 123 y 124
de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre).
Si no se estima oportuno la interposición del Recurso de Reposición, se podrá
formular Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado del lo Contencioso-
cve: BOE-N-2025-9c775c31e11526478b21e91015d19785614d6b61
Verificable en https://www.boe.es
Transcurrido dicho plazo sin que se hayan formulado alegaciones y visto el informe
favorable del Consejo de Empadronamiento de fecha 19 de Febrero de 2025 de acuerdo
con el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, que establece que los Ayuntamientos darán de baja de oficio por
inscripción indebida a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos
establecidos en el artículo 54 del mismo,
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SALAMANCA
AYUNTAMIENTO DE CASTELLANOS DE MORISCOS
Anuncio de notificación de 20 de febrero de 2025 en procedimiento notificacion
resolucion baja de oficio del padron de habitantes de Castellanos de Moriscos.
ID: N2500132771
Con fecha 10 de Diciembre de 2024 se presenta en esta Corporación escrito por
parte del propietario del inmueble sito en C/ Ria de Arosa nº 2 del municipio de
Castellanos de Moriscos, por el que solicita la baja en el padrón de habitantes del
ciudadano con Pasaporte YE405635, alegando que no reside en ese inmueble.
Una vez acreditada la condición de propietario, por Decreto de Alcaldía de fecha 11
de Diciembre de 2024 se inició el correspondiente expediente de baja de oficio por
inscripción indebida en el Padrón de Habitantes del ciudadano indicado, puesto que, a
través del procedimiento de comprobación de residencia se detectó que existían
suficientes indicios de que no residía efectivamente en este municipio.
Intentada la notificación al interesado, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015,
sin que se haya podido llevar a cabo, se realiza un anuncio en el Boletín Oficial de
Estado, tal como determina el Artículo 44 de la citada Ley, dando trámite de audiencia al
interesado para que, en un plazo de quince días formulase las alegaciones que
considerara oportunas.
RESUELVO:
PRIMERO: Decretar la baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón de
Habitantes del Ayuntamiento de Castellanos de Moriscos de la persona con Documento
de Identificación Nº:
GE267605 - 07979152-S - FT547933 - YE405635
SEGUNDO: Desconocido el domicilio de notificación del interesado, dar publicidad a
esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento de Castellanos de Moriscos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
44 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa, frente a la misma se podrá
interponer, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el Alcalde en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al que reciba esta notificación (arts. 112, 123 y 124
de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre).
Si no se estima oportuno la interposición del Recurso de Reposición, se podrá
formular Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado del lo Contencioso-
cve: BOE-N-2025-9c775c31e11526478b21e91015d19785614d6b61
Verificable en https://www.boe.es
Transcurrido dicho plazo sin que se hayan formulado alegaciones y visto el informe
favorable del Consejo de Empadronamiento de fecha 19 de Febrero de 2025 de acuerdo
con el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, que establece que los Ayuntamientos darán de baja de oficio por
inscripción indebida a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos
establecidos en el artículo 54 del mismo,