Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Loiu. (BOE-N-2025-145782)
Anuncio de notificación de 20 de febrero de 2025 en procedimiento Notificación baja caducidad padrón de habitantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Jueves 27 de febrero de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE LOIU
Anuncio de notificación de 20 de febrero de 2025 en procedimiento Notificación baja
caducidad padrón de habitantes.
ID: N2500131691

No habiéndose podido notificar de forma expresa a los interesados la resolución que
a continuación se recoge por desconocerse el lugar donde residen en la actualidad, y a
los únicos efectos de su notificación a las personas que integran la relación que se cita,
se hace pública la presente resolución en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en el
"Boletín Oficial del Estado", en cumplimiento de los dispuesto en el art. 44 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Púbicas.
La Alcaldía-Presidencia, a la vista del informe emitido por la Secretaria-Interventora
Municipal, ha dispuesto:

Segundo.- Significar que contra esta presunción, los interesados podrán en un plazo
de diez días contados a partir del día siguiente a la notificación de este Decreto,
manifestar si están o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, alegar y
presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, al objeto de acreditar
que es en este municipio en el que reside el mayor número de días al año y, asimismo,
señalar que durante dicho plazo les será puesto de manifiesto el expediente.
Tercero. - Transcurrido el plazo anterior desde la notificación o publicación sustitutiva,
sin que por los interesados se haya manifestado conformidad respecto a la baja,
causaran baja definitiva en el Padrón de Habitantes.
Loiu, 20 de febrero de 2025.- El Alcalde - Josu Andoni Begoña Fdez de Arroiabe

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-1df70573d9e2b5552095152959acf30935272918
Verificable en https://www.boe.es

Primero.- Que se inicie expediente para dar de baja de oficio del Padrón Municipal de
habitantes, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 72 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en la redacción dada por el Real
Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, KHELIFA OURIACHE Y ABDERRAZZAK
BOUDALAA por entender que, figuran empadronados incumpliendo los requisitos
establecidos en el artículo 54 del Reglamento arriba citado, por el cual toda persona
residente está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida
habitualmente, circunstancia que se estima no se da en este caso.