Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Arona. (BOE-N-2025-146439)
Anuncio de notificación de 19 de febrero de 2025 en procedimiento tratamiento residual de vehículos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Jueves 27 de febrero de 2025

Supl. N. Pág. 2

TERCERO.- El artículo 5.2 del Real Decreto 265/2021, de 13 de Abril, sobre los
vehículos al final de su vida útil dispone que Los ayuntamientos entregarán, sin coste
alguno para ellos, los automóviles abandonados a un centro de tratamiento para su
descontaminación y tratamiento, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa sobre
tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Los vehículos trasladados a un
CAT para su posterior descontaminación y destrucción, de conformidad con el artículo
106 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y
Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, se
considerarán residuos en el momento de la entrega al CAT.
CUARTO.- De conformidad con el artículo 104 de la ordenanza Municipal de Tráfico,
Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial del Ayuntamiento de Arona, Boletín
Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 124, martes 24 de junio de 2008,
los titulares de los vehículos abandonados podrán renunciar a la propiedad del mismo a
favor del Ilustre Ayuntamiento de Arona, para que por éste se proceda a darlo de baja,
en cualquier fase del expediente. El hecho de la cesión no anulará los gastos
ocasionados hasta el momento, ni las denuncias, ni las demás deudas pendientes.
QUINTO.- A tenor del artículo 112.1 párrafo segundo de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
contra la resolución de iniciación del procedimiento, que es de trámite porque
únicamente inicia el procedimiento, no cabe recurso, pudiendo los interesados oponerse
a la misma mediante las oportunas alegaciones para su consideración en la resolución
que ponga fin al procedimiento.
Teniendo conocimiento del informe emitido por el Jefe del Departamento
RESUELVO:
PRIMERO.- Iniciar expediente al efecto de determinar el estado de abandono del
vehículo matrícula 4923-CKB titularidad de _______________________, provisto/a de
DNI/NIE/CIF/Pasaporte nº47692043W localizado en CALLE TENERIFE FRENTE Nº80
EL FRAILE y su posterior Tratamiento residual.

TERCERO.- Notificar la resolución a el/la interesado/a significándole que contra la
misma que únicamente inicia el expediente, no cabe recurso sin perjuicio de que los
interesados puedan oponerse a la misma mediante las oportunas alegaciones para su
consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento
Con la presente publicación, el Ayuntamiento de Arona le considera notificado,
significándole que el expediente seguirá el curso procedente en relación con los hechos
imputados.
Arona, 19 de febrero de 2025.- LA JEFA DE LA SECCIÓN DE TRIBUTACIÓN
INMOBILIARIA EN ACUMULACIÓN DE FUNCIONES DE JEFA DE SECCIÓN DE
INFRACCIONES Y MULTAS, Mónica Diaz Iglesias

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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SEGUNDO.- Requerir a ______________________ para que en el plazo de UN
MES, proceda a la retirada del citado vehículo del lugar en el que se encuentra,
advirtiéndole de que si no lo hiciera se procederá a su declaración como vehículo
abandonado y a su tratamiento como Residuo Sólido Urbano, siéndole de aplicación lo
dispuesto en la vigente Ley 7/2022 de 8 de Abril, de Residuos y Suelos Contaminados
para una economía circular,, y en el Real Decreto 265/2021, de 13 de Abril, sobre los
vehículos al final de su vida útil y pro el que se modifica el Reglamento General de
Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de Diciembre.