Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Madrid. (BOE-N-2025-146228)
AGENCIA DE ACTIVIDADES. Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en procedimiento sancionador por infracción de la Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid BOCM 27 de julio 2001 tramitado en la S.G. de Inspección y Disciplina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de febrero de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE MADRID
AGENCIA DE ACTIVIDADES. Anuncio de notificación de 24 de febrero de 2025 en
procedimiento sancionador por infracción de la Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la
Comunidad de Madrid BOCM 27 de julio 2001 tramitado en la S.G. de Inspección y
Disciplina.
ID: N2500140620

Intentada sin efecto la notificación individual a los interesados que se relacionan, en
cumplimiento de lo previsto en los artículos 44, 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 01 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(LPACAP), se procede a notificar, mediante la inserción de anuncio en el Tablón Edictal
Único del Boletín Oficial del Estado, el extracto del contenido de los actos administrativos
que se indican, correspondientes a los expedientes sancionadores tramitados en la
Subdirección General de Inspección y Disciplina de la Agencia de Actividades.
Estos interesados disponen del plazo indicado, que se contará a partir del día
siguiente al de la publicación de este anuncio, para formular alegaciones y presentar
documentos que estimen pertinentes así como proponer la práctica de las pruebas que
consideren convenientes, teniendo a su disposición el expediente de referencia y en el
indicado, plazo, en la Subdirección General de Inspección y Disciplina.
En el caso de sanciones pecuniarias, el interesado puede acogerse, en cualquier
momento anterior a la resolución, a las reducciones previstas en el artículo 85 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre (LPACAP), de conformidad y con los efectos previstos en el
citado artículo así como la Resolución de 27 de enero de 2017 de la Gerente de la
Ciudad por la que se aprueba la Instrucción sobre criterios de actuación común en la
tramitación de procedimientos sancionadores (BOAM núm. 7.837, de 1 de febrero de
2017). A los efectos de obtener el documento de pago, podrá dirigirse al Departamento
de Atención al Ciudadano de la Agencia de Actividades, en calle Bustamante nº 16,
planta calle.
Asimismo, se le advierte que, de conformidad con el artículo 6 apartado 2 a) del
Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el
ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid
(R.E.P.S.), de no efectuar alegaciones al acuerdo de inicio del procedimiento
sancionador, el mismo será considerado Propuesta de Resolución, al contener un
pronunciamiento preciso en todos los elementos que la integran acerca de la
responsabilidad imputada, por lo que procedería resolver directamente el procedimiento,
al quedar cumplido el trámite de audiencia respecto de la Propuesta de Resolución,
procediéndose a elevar dicha Propuesta de Resolución al órgano competente para
resolver.
Los escritos de alegaciones y demás documentos que se estimen convenientes, se
presentarán en el Registro de la Agencia de Actividades (C/ Bustamante, 16), en
cualquiera de los Registros de las Juntas Municipales de Distrito y en los Registros de
las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, así como en cualquier otro registro u
oficina, conforme a lo establecido en el artículo 16.4 de la LPACAP, y deberán dirigirse a

cve: BOE-N-2025-fd1f2e5b64d511ed27459fb9046b8acae43c52c9
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 50