Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-18552)
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 7 de enero de 2025 en procedimiento de embargo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 11 de enero de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 7 de
enero de 2025 en procedimiento de embargo.
ID: N2500008302

TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Dirección Provincial de LAS PALMAS
Anuncio de notificación de embargo de bienes inmuebles a deudores e interesados no
localizados
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de
Recaudación Ejecutiva contra el deudor X6105794F , por deudas a la Seguridad Social,
cuyo último domicilio conocido fue en --- , se procedió con fecha de 17 de diciembre de
2024 al embargo de bienes inmuebles mediante diligencia cuyo tenor literal a
continuación se transcribe
PROVIDENCIA PARA LA PRÓRROGA DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE
EMBARGO POR CUATRO AÑOS (TVA-511) PROVIDENCIA: De las actuaciones del
presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido
contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 0X6105794F, (estado civil, en
su caso: CASADO), resulta lo siguiente: Que para responder de los débitos de dicho
deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en
RELACIÓN adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de
CORRALEJO, garantizando la suma total de 26.218,23 euros, que incluye el principal, el
recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se
indican: Libro Tomo Folio Finca núm. Anotación letra 273 826 14 16097 "A" 191 635 99
16098 "A" Que no siendo posible la ultimación del procedimiento antes de que
transcurran los 4 años desde la anotación registral del embargo de dichas fincas,
ACUERDO solicitar del Sr. Registrador de la Propiedad de CORRALEJO, la prórroga, por
un plazo de 4 años más, de las anotaciones registrales del embargo de las fincas
relacionadas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Hipotecaria. Contra
este acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de
alzada ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado,
conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de
la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, en relación
con lo establecido en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, significándose
que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías
para el pago de la deuda, conforme a lo que establece el artículo 38.4 del Texto
Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Transcurrido el plazo de tres meses desde la
interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo

cve: BOE-N-2025-e1275683b38ba3f572c5f2b4639eff316cbb6166
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Núm. 10