Administración Local. Zaragoza. Ayuntamiento De Zaragoza. (BOE-N-2025-18665)
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 7 de enero de 2025 en procedimiento Incoar procedimiento sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 11 de enero de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 7 de enero de
2025 en procedimiento Incoar procedimiento sancionador.
ID: N2500005789

Habiendo resultado fallido el intento de notificación personal (intento infructuoso de la
notificación) a ALISDOR S.L.U., con N.I.F. B99428716, titular de la actividad de bar con
música, denominado Charro Viejo, sito en Avda/ José Anselmo Clave 37-45 y, de
conformidad con lo dispuesto en el Art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente se le pone de manifiesto
que, en relación con el expediente número 28479/2024, que podrá ser consultado en la
Gerencia de Urbanismo, Servicio de Disciplina Urbanística, sita en Vía Hispanidad
número 20, 1ª planta, “Edificio El Seminario” Zaragoza,
El Consejo de Gerencia, en virtud de la delegación de atribuciones realizada
mediante Decreto de la Alcaldía de de 19 de enero de 2009, ratificado por el Gobierno de
Zaragoza el 22 de Diciembre de 2017 y Decreto de Alcaldía de 18 de septiembre de
2023, en fecha 04 de noviembre de 2024 resolvió lo siguiente:
PRIMERO.- Incoar expediente sancionador a ALISDOR S.L.U., titular de la actividad
de BAR CON MÚSICA, denominado Charro Viejo, sito en Avda/ José Anselmo Clave
37-45, por infracción administrativa grave, consistente en el incumplimiento de la
obligación de tener suscritos los contratos de seguros exigidos por la ley, tipificada en el
artículo 48 apartado Q de la Ley 11/2005 de 28 de diciembre, reguladora de los
espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la
Comunidad Autónoma de Aragón en concordancia con lo previsto en el artículo 8 del
citado cuerpo legal.
Por Policía Local se ha formulado denuncia en fecha 26 de enero de 2024 a las
23:05 h. al ejercerse la actividad constatando el incumplimiento de la obligación de tener
suscritos los contratos de seguros exigidos por la ley en la cantidad de 300.000 €,
cuando el seguro presentado es únicamente de 150.000 €.
A la vista de los antecedentes obrantes en el Seguimiento de Expedientes y
Acuerdos del Excmo Ayuntamiento de Zaragoza se constata que el referido
establecimiento tiene licencia urbanística y de apertura (o funcionamiento), tramitadas
respectivamente en expedientes administrativos 907190/2003 y 1083097/2010
concediéndose la primera por resolución municipal de fecha 26 de abril de 2005 y la de
apertura (o funcionamiento) por acuerdo municipal de fecha 16 de diciembre de 2011. No
obstante el actual titular con fecha 03 de julio de 2015 solicitó cambio de titularidad en
Expediente 793391/2015, siendo Concedida con fecha 16 de septiembre de 2015.
En consecuencia la actividad, conforme al artículo 8 del citado cuerpo legal debe
suscribir, con carácter previo al inicio del espectáculo o actividad o a la apertura del
establecimiento, un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil por daños al
público asistente y a terceros por la actividad desarrollada.

cve: BOE-N-2025-d284893a9201a4562967dcaef1d111dd44be1ac4
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 10