Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Paterna. (BOE-N-2025-7235)
MULTAS Y SANCIONES. Anuncio de notificación de 27 de diciembre de 2024 en procedimiento Devolución de notificaciones del Decreto resolución de alegaciones expediente sancionador en materia de tráfico, Decreto resolución sobre liquidación de tasa por prestación de servicio de grúa municipal, Contestación escrito de alegaciones y Solicitud ratificación denunciante expediente sancionador.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Sábado 4 de enero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE PATERNA
MULTAS Y SANCIONES. Anuncio de notificación de 27 de diciembre de 2024 en
procedimiento Devolución de notificaciones del Decreto resolución de alegaciones
expediente sancionador en materia de tráfico, Decreto resolución sobre liquidación de
tasa por prestación de servicio de grúa municipal, Contestación escrito de alegaciones y
Solicitud ratificación denunciante expediente sancionador.
ID: N2400854781
POLICÍA LOCAL
EDICTO 172/2024 TRAF
EDICTO
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 40, en relación con el 44, ambos de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, se hace
pública notificación a los denunciados que se relacionan, de la instrucción de los
expedientes sancionadores instruidos por el Ayuntamiento de Paterna, ya que
habiéndose intentado la notificación personal en el último domicilio conocido de cada
interesado, esta no se ha podido practicar por causas ajenas a esta Administración.
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso potestativo de reposición sin
que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y
quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponerse este último
recurso en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a aquél en que se
notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que aquél deba
entenderse desestimado.
El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente en ese
orden jurisdiccional en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la
notificación del presente.
Paterna, 27 de diciembre de 2024.- LA TENIENTE DE ALCALDE DE INTERIOR,
MOVILIDAD Y SOSTENIBILIDAD.- NURIA CAMPOS MORAGÓN
cve: BOE-N-2025-69104669aae8678ad2d51022d6bdda400f8e2a11
Verificable en https://www.boe.es
El acto que se comunica pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de procedimiento Administrativo Común y podrá ser
recurrido potestativamente ante el mismo órgano que lo dictó (art. 123, Ley 39/2015). El
plazo para interponer el recurso será de un mes, contado desde el día siguiente a la
fecha de notificación del presente; entendiendo que, si se interpone el recurso de
reposición, no podrá interponerse el contencioso-administrativo hasta que aquél haya
sido resuelto expresamente, o se haya producido su desestimación por silencio.
Núm. 4
Sábado 4 de enero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE PATERNA
MULTAS Y SANCIONES. Anuncio de notificación de 27 de diciembre de 2024 en
procedimiento Devolución de notificaciones del Decreto resolución de alegaciones
expediente sancionador en materia de tráfico, Decreto resolución sobre liquidación de
tasa por prestación de servicio de grúa municipal, Contestación escrito de alegaciones y
Solicitud ratificación denunciante expediente sancionador.
ID: N2400854781
POLICÍA LOCAL
EDICTO 172/2024 TRAF
EDICTO
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 40, en relación con el 44, ambos de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, se hace
pública notificación a los denunciados que se relacionan, de la instrucción de los
expedientes sancionadores instruidos por el Ayuntamiento de Paterna, ya que
habiéndose intentado la notificación personal en el último domicilio conocido de cada
interesado, esta no se ha podido practicar por causas ajenas a esta Administración.
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso potestativo de reposición sin
que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y
quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponerse este último
recurso en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a aquél en que se
notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que aquél deba
entenderse desestimado.
El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente en ese
orden jurisdiccional en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la
notificación del presente.
Paterna, 27 de diciembre de 2024.- LA TENIENTE DE ALCALDE DE INTERIOR,
MOVILIDAD Y SOSTENIBILIDAD.- NURIA CAMPOS MORAGÓN
cve: BOE-N-2025-69104669aae8678ad2d51022d6bdda400f8e2a11
Verificable en https://www.boe.es
El acto que se comunica pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de procedimiento Administrativo Común y podrá ser
recurrido potestativamente ante el mismo órgano que lo dictó (art. 123, Ley 39/2015). El
plazo para interponer el recurso será de un mes, contado desde el día siguiente a la
fecha de notificación del presente; entendiendo que, si se interpone el recurso de
reposición, no podrá interponerse el contencioso-administrativo hasta que aquél haya
sido resuelto expresamente, o se haya producido su desestimación por silencio.