Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De La Rioja. Consejería De Salud Y Políticas Sociales. (BOE-N-2025-7169)
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES E INSTITUTO DE IGUALDAD. Anuncio de notificación de 18 de diciembre de 2024 en procedimiento de Protección de Menores, de resolución administrativa número 671 en relación al expediente SAR.61/20/7682-2458-2459, con número de documento 2024/0966588.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Sábado 4 de enero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES E INSTITUTO DE IGUALDAD.
Anuncio de notificación de 18 de diciembre de 2024 en procedimiento de Protección de
Menores, de resolución administrativa número 671 en relación al expediente
SAR.61/20/7682-2458-2459, con número de documento 2024/0966588.
ID: N2400855658
De conformidad con los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como lo
previsto en la Ley de 1/2006, de 28 de febrero, de Protección de Menores de La Rioja y,
teniendo en cuenta que no se ha podido practicar la notificación de la resolución
anteriormente mencionada al interesado con NIE X2850470B, se procede a la
publicación somera de su contenido, informándole que, para su conocimiento íntegro y
constancia, permanecerá dicha Resolución a disposición de la persona interesada en las
dependencias de la Dirección General de Servicios Sociales e Instituto de Igualdad, sitas
en la C/ Villamediana, nº 17 de Logroño.
No obstante lo anterior, pasados dos años desde la notificación de la Resolución
administrativa por la que en su caso, se declare el desamparo, decae el derecho de los
progenitores o tutores a solicitar u oponerse a las decisiones o medidas que se adopten
para la protección del menor, sin perjuicio de que podrán facilitar información a la entidad
pública y al Ministerio Fiscal sobre cualquier cambio de las circunstancias que dieron
lugar a la declaración de desamparo.
Logroño, 18 de diciembre de 2024.- La Directora General de Servicios Sociales e
Instituto de Igualdad, Marta Gómez Vázquez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-2c1445a48370624fd829fb410af14916b2bff7b5
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo establecido en los artículos 172 del Código Civil y 779 y 780
de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en la redacción dada por la Ley
26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la
adolescencia, contra esta Resolución y sin que interrumpa su efectividad se puede
interponer recurso ante el Juzgado de Primera Instancia competente de los de Logroño,
en el plazo de 2 meses desde su notificación.
Núm. 4
Sábado 4 de enero de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES E INSTITUTO DE IGUALDAD.
Anuncio de notificación de 18 de diciembre de 2024 en procedimiento de Protección de
Menores, de resolución administrativa número 671 en relación al expediente
SAR.61/20/7682-2458-2459, con número de documento 2024/0966588.
ID: N2400855658
De conformidad con los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como lo
previsto en la Ley de 1/2006, de 28 de febrero, de Protección de Menores de La Rioja y,
teniendo en cuenta que no se ha podido practicar la notificación de la resolución
anteriormente mencionada al interesado con NIE X2850470B, se procede a la
publicación somera de su contenido, informándole que, para su conocimiento íntegro y
constancia, permanecerá dicha Resolución a disposición de la persona interesada en las
dependencias de la Dirección General de Servicios Sociales e Instituto de Igualdad, sitas
en la C/ Villamediana, nº 17 de Logroño.
No obstante lo anterior, pasados dos años desde la notificación de la Resolución
administrativa por la que en su caso, se declare el desamparo, decae el derecho de los
progenitores o tutores a solicitar u oponerse a las decisiones o medidas que se adopten
para la protección del menor, sin perjuicio de que podrán facilitar información a la entidad
pública y al Ministerio Fiscal sobre cualquier cambio de las circunstancias que dieron
lugar a la declaración de desamparo.
Logroño, 18 de diciembre de 2024.- La Directora General de Servicios Sociales e
Instituto de Igualdad, Marta Gómez Vázquez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-2c1445a48370624fd829fb410af14916b2bff7b5
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo establecido en los artículos 172 del Código Civil y 779 y 780
de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en la redacción dada por la Ley
26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la
adolescencia, contra esta Resolución y sin que interrumpa su efectividad se puede
interponer recurso ante el Juzgado de Primera Instancia competente de los de Logroño,
en el plazo de 2 meses desde su notificación.