Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torreorgaz. (BOP-2025-3992)
BOP-2025-3992 Bases para la cobertura en propiedad, mediante el sistema de concurso oposición por el turno libre, de una plaza de Administrativo/a.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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directivas, de gestión, inspección, ejecución, control, estudios, propuestas,
asesoramiento y otras similares.
Informar y atender al público, tanto presencial como telefónicamente.
Las presentes bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre
mujeres y hombres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo
14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres.
Las Bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán
consultar en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Torreorgaz, https://torreorgaz.sedelectronica.es.
Además, a efectos informativos, se hará público en la sede electrónica, la
relación de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, provisional y definitivamente, así
como las relaciones de aprobados/as de cada ejercicio y la puntuación de la fase de
concurso.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
Para tomar parte en estas pruebas selectivas, será necesario reunir, en la fecha de
expiración del plazo señalado en la base tercera para la presentación de instancias, los
siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
Los/as nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán
acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los/as
españoles/as a los empleos públicos.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la
cónyuge de los/las españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho y
Cód.
Validación:
6KNXW797JWFR9K9TLQRTS6N9S
Verificación:
https://torreorgaz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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de
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CVE:
BOP-2025-3992
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 1 de agosto de 2025
N.º 0146
Pág. 18048
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Informar y atender al público, tanto presencial como telefónicamente.
Las presentes bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre
mujeres y hombres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo
14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres.
Las Bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán
consultar en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Torreorgaz, https://torreorgaz.sedelectronica.es.
Además, a efectos informativos, se hará público en la sede electrónica, la
relación de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, provisional y definitivamente, así
como las relaciones de aprobados/as de cada ejercicio y la puntuación de la fase de
concurso.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
Para tomar parte en estas pruebas selectivas, será necesario reunir, en la fecha de
expiración del plazo señalado en la base tercera para la presentación de instancias, los
siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
Los/as nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán
acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los/as
españoles/as a los empleos públicos.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la
cónyuge de los/las españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho y
Cód.
Validación:
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