Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2025-3955)
BOP-2025-3955 Corrección Bases de la Convocatoria para el acceso a una Plaza de Agente de la Policía Local, mediante el sistema de movilidad por concurso de méritos.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCÁNTARA
Plaza de la Constitución, 1 - 10500 Valencia de Alcántara (Cáceres)
Teléfonos.: 927580326 - 927580344
https://valenciadealcantara.sedelectronica.es
P1020700I
No haber abonado la tasa por derechos de examen durante el plazo de presentación de
instancias supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Se concederá idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones, que de haberlas, serán
aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública
y expuesta, asimismo, en la forma indicada anteriormente.
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar,
fecha, y hora de comienzo de la valoración de los méritos aportados así como la composición del
Tribunal Calificador. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, todos los anuncios sucesivos
relacionados con la convocatoria se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su
Sede Electrónica.
QUINTA. Tribunal de Valoración
Los tribunales contarán con una presidencia, una secretaría y tres vocales con sus respectivos
suplentes.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores
especialistas, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos concretos del
proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe a
un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones
del Tribunal. Los asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre
los que tengan conocimiento a consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuará
bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje.
A iniciativa de cada central sindical podrá estar presentes, durante la totalidad del proceso
selectivo, un observador por cada una de las centrales u organizaciones sindicales con representatividad
en este Ayuntamiento.
El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente con
los titulares habrán de designarse. En calidad de observadores, con voz, pero sin voto, podrán estar
presentes en todas las fases y actos que integran el proceso selectivo, a excepción de aquellos en los
que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas antes de su realización, un
Cód.
Validación:
6G7R2L9GT3GJSDZHXDC7RCHJ4
Verificación:
https://valenciadealcantara.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
6
de
15
CVE:
BOP-2025-3955
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 31 de julio de 2025
N.º 0145
Pág. 17863