Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Comarca de Las Hurdes. (BOP-2025-3857)
BOP-2025-3857 Bases Reguladoras del Programa de Colaboración Económica Municipal del Servicio Respiro Familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales 2025.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
a.
Sección I - Administración Local
Mancomunidades
Mancomunidad de Municipios Comarca de Las Hurdes
ANUNCIO. Bases Reguladoras del Programa de Colaboración Económica
Municipal del Servicio Respiro Familiar a personas cuidadoras habituales no
profesionales 2025.
Por la Mancomunidad Integral de Municipios Comarca de Las Hurdes se han aprobado las
BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE COLABORACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL
DEL SERVICIO RESPIRO FAMILIAR A PERSONAS CUIDADORAS HABITUALES NO
PROFESIONALES 2025, cuyo extracto se transcribe a continuación:
El objeto de la presente Resolución es aprobar la Convocatoria de Ayudas Económicas para el
Programa de Colaboración Económica Municipal del Servicio Respiro Familiar a personas
cuidadoras habituales no profesionales en entidades locales de Extremadura 2025, que
establece las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria, conforme a lo previsto en el
artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de
Extremadura (LGAMEX) y aprobar la distribución de fondos del mismo de conformidad con el
Acuerdo de 8 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el
que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal del servicio respiro familiar
a personas cuidadoras habituales no profesionales en entidades locales de Extremadura 2025.
El Programa de Colaboración económica municipal del Servicio Respiro Familiar va dirigido a
las personas cuidadoras habituales no profesionales residentes en los municipios de la
Mancomunidad integral Comarca de Las Hurdes que cumplan los requisitos previstos en las
bases que se adjuntan y que se dedican con carácter habitual al cuidador no profesional de:
Personas con reconocimiento por el organismo competente de una discapacidad en un
porcentaje igual o superior al 33% y grado de dependencia I, II o III, conforme lo
establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, siempre y cuando no
tengan reconocida una plaza pública en servicio de atención residencial o una
prestación económica vinculada al servicio de atención residencial.
CVE:
BOP-2025-3857
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de julio de 2025
N.º 0141
Pág. 17464
Sección I - Administración Local
Mancomunidades
Mancomunidad de Municipios Comarca de Las Hurdes
ANUNCIO. Bases Reguladoras del Programa de Colaboración Económica
Municipal del Servicio Respiro Familiar a personas cuidadoras habituales no
profesionales 2025.
Por la Mancomunidad Integral de Municipios Comarca de Las Hurdes se han aprobado las
BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE COLABORACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL
DEL SERVICIO RESPIRO FAMILIAR A PERSONAS CUIDADORAS HABITUALES NO
PROFESIONALES 2025, cuyo extracto se transcribe a continuación:
El objeto de la presente Resolución es aprobar la Convocatoria de Ayudas Económicas para el
Programa de Colaboración Económica Municipal del Servicio Respiro Familiar a personas
cuidadoras habituales no profesionales en entidades locales de Extremadura 2025, que
establece las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria, conforme a lo previsto en el
artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de
Extremadura (LGAMEX) y aprobar la distribución de fondos del mismo de conformidad con el
Acuerdo de 8 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el
que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal del servicio respiro familiar
a personas cuidadoras habituales no profesionales en entidades locales de Extremadura 2025.
El Programa de Colaboración económica municipal del Servicio Respiro Familiar va dirigido a
las personas cuidadoras habituales no profesionales residentes en los municipios de la
Mancomunidad integral Comarca de Las Hurdes que cumplan los requisitos previstos en las
bases que se adjuntan y que se dedican con carácter habitual al cuidador no profesional de:
Personas con reconocimiento por el organismo competente de una discapacidad en un
porcentaje igual o superior al 33% y grado de dependencia I, II o III, conforme lo
establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, siempre y cuando no
tengan reconocida una plaza pública en servicio de atención residencial o una
prestación económica vinculada al servicio de atención residencial.
CVE:
BOP-2025-3857
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de julio de 2025
N.º 0141
Pág. 17464