Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Benquerencia. (BOP-2025-3840)
BOP-2025-3840 Delegación Competencias Disciplina Urbanística a la Diputación Provincial de Cáceres
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Cuarto.- Los importes económicos derivados de la imposición de sanciones urbanísticas o
multas coercitivas por parte de la Administración delegada se imputarán a favor de la
Administración delegante. Los requerimientos de pago de las sanciones, tanto en vía voluntaria
como en ejecutiva, así como de los expedientes de multas coercitivas, se cursarán por la
Administración delegada a favor de la Administración delegante a través de su Organismo
Autónomo de Recaudación (OARGT). Para ello, se delega en la Diputación Provincial de
Cáceres, a través de su Organismo Autónomo de Recaudación (OARGT), la competencia para
el ejercicio de las funciones de gestión, recaudación e inspección de los importes económicos
derivados de la imposición de sanciones urbanísticas o multas coercitivas, tanto en vía
voluntaria como en ejecutiva. Asimismo, para hacer efectiva la aportación económica por
sanciones o multas coercitivas derivadas de las infracciones urbanísticas, se autoriza a la
Diputación Provincial para practicar a través del Organismo Autónomo de Recaudación las
retenciones y/o compensaciones que procedan, con cargo a cuantas transferencias o pagos
corresponda ordenar a este Ayuntamiento, por importe equivalente a las obligaciones que se
vayan generando a este Ayuntamiento, por la prestación del servicio encomendado, en virtud
de las liquidaciones que le sean practicadas y una vez sean exigibles en vía administrativa, con
expedición de los oportunos justificantes de la compensación aplicada. Por último, para el caso
de que la sanción fuera recurrida judicialmente, se cederá a la Diputación Provincial de
Cáceres los derechos económicos que se deriven de las costas judiciales que fueran
declaradas a favor del Ayuntamiento.
Quinto.- La delegación de competencias en materia de disciplina urbanística habilitará a la
Administración delegada para el ejercicio de las potestades propias de la materia mientras no
se produzca la revocación a instancia de cualquiera de las Administraciones y su publicación
correspondiente en el boletín oficial de la provincia.
Sexto.- Se autoriza al Alcalde para suscribir el correspondiente Convenio de delegación de la
competencia en materia de disciplina urbanística con la Diputación Provincial de Cáceres para
la efectividad de la delegación acordada por el Pleno municipal>>.
Lo que se hace público para general conocimiento.
El texto del convenio, es el publicado por la Diputación Provincial en el BOP n.º 65 de fecha 3
de abril de 2025
Benquerencia, 21 de julio de 2025
Alberto Santiago Buj Artola
ALCALDE
CVE:
BOP-2025-3840
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de julio de 2025
N.º 0141
Pág. 17394
multas coercitivas por parte de la Administración delegada se imputarán a favor de la
Administración delegante. Los requerimientos de pago de las sanciones, tanto en vía voluntaria
como en ejecutiva, así como de los expedientes de multas coercitivas, se cursarán por la
Administración delegada a favor de la Administración delegante a través de su Organismo
Autónomo de Recaudación (OARGT). Para ello, se delega en la Diputación Provincial de
Cáceres, a través de su Organismo Autónomo de Recaudación (OARGT), la competencia para
el ejercicio de las funciones de gestión, recaudación e inspección de los importes económicos
derivados de la imposición de sanciones urbanísticas o multas coercitivas, tanto en vía
voluntaria como en ejecutiva. Asimismo, para hacer efectiva la aportación económica por
sanciones o multas coercitivas derivadas de las infracciones urbanísticas, se autoriza a la
Diputación Provincial para practicar a través del Organismo Autónomo de Recaudación las
retenciones y/o compensaciones que procedan, con cargo a cuantas transferencias o pagos
corresponda ordenar a este Ayuntamiento, por importe equivalente a las obligaciones que se
vayan generando a este Ayuntamiento, por la prestación del servicio encomendado, en virtud
de las liquidaciones que le sean practicadas y una vez sean exigibles en vía administrativa, con
expedición de los oportunos justificantes de la compensación aplicada. Por último, para el caso
de que la sanción fuera recurrida judicialmente, se cederá a la Diputación Provincial de
Cáceres los derechos económicos que se deriven de las costas judiciales que fueran
declaradas a favor del Ayuntamiento.
Quinto.- La delegación de competencias en materia de disciplina urbanística habilitará a la
Administración delegada para el ejercicio de las potestades propias de la materia mientras no
se produzca la revocación a instancia de cualquiera de las Administraciones y su publicación
correspondiente en el boletín oficial de la provincia.
Sexto.- Se autoriza al Alcalde para suscribir el correspondiente Convenio de delegación de la
competencia en materia de disciplina urbanística con la Diputación Provincial de Cáceres para
la efectividad de la delegación acordada por el Pleno municipal>>.
Lo que se hace público para general conocimiento.
El texto del convenio, es el publicado por la Diputación Provincial en el BOP n.º 65 de fecha 3
de abril de 2025
Benquerencia, 21 de julio de 2025
Alberto Santiago Buj Artola
ALCALDE
CVE:
BOP-2025-3840
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de julio de 2025
N.º 0141
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