Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2025-3567)
BOP-2025-3567 Provisión y Bases de la convocatoria para cubrir, con carácter de personal funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso - oposición libre, dos plazas de Administrativo/a.
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CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE DOS PLAZAS DE ADMINISTRATIVOS DE ADMINISTRACIÓN
GENERAL MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE.
BASES
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria, el proceso selectivo para cubrir dos plazas de la Escala de
Administración General, Subescala Administrativa, Grupo C, Subgrupo C1, de la plantilla de personal
funcionario del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara, por el sistema general de turno libre mediante el
procedimiento de concurso-oposición, dentro del marco general de ejecución de la Oferta de Empleo
Público de 2025 de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y Ley 13/2015, de 8
de abril, de la Función Pública de Extremadura, dictada en su desarrollo, previa negociación y acuerdo en
la Mesa de Negociación de empleados Públicos.
1.2. En este proceso de selección se tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y
mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución
Española, la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la
Directiva 2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio, de 2006, artículos 21 y 23 de
la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, de 7 de diciembre, de 2000, vinculante desde la entrada
en vigor de Tratado de Lisboa de 17 de diciembre de 2007, en vigor desde el 1 de diciembre de 2009, el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de
Extremadura y lo previsto en el Acuerdo-Convenio del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara.
SEGUNDA. Requisitos
2.1. Requisitos generales:
a) Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o
nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no
estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad
dependientes. En este supuesto, los aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el documento
que acredite las condiciones que se alegan.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes, Título de bachiller o de formación profesional de grado medio o
titulación equivalente, de acuerdo con lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de
junio, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se establecen
Cód.
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Jueves, 10 de julio de 2025
N.º 0130
Pág. 16296
GENERAL MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE.
BASES
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria, el proceso selectivo para cubrir dos plazas de la Escala de
Administración General, Subescala Administrativa, Grupo C, Subgrupo C1, de la plantilla de personal
funcionario del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara, por el sistema general de turno libre mediante el
procedimiento de concurso-oposición, dentro del marco general de ejecución de la Oferta de Empleo
Público de 2025 de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y Ley 13/2015, de 8
de abril, de la Función Pública de Extremadura, dictada en su desarrollo, previa negociación y acuerdo en
la Mesa de Negociación de empleados Públicos.
1.2. En este proceso de selección se tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y
mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución
Española, la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la
Directiva 2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio, de 2006, artículos 21 y 23 de
la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, de 7 de diciembre, de 2000, vinculante desde la entrada
en vigor de Tratado de Lisboa de 17 de diciembre de 2007, en vigor desde el 1 de diciembre de 2009, el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de
Extremadura y lo previsto en el Acuerdo-Convenio del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara.
SEGUNDA. Requisitos
2.1. Requisitos generales:
a) Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o
nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no
estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad
dependientes. En este supuesto, los aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el documento
que acredite las condiciones que se alegan.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes, Título de bachiller o de formación profesional de grado medio o
titulación equivalente, de acuerdo con lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de
junio, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se establecen
Cód.
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