Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Holguera. (BOP-2025-3555)
BOP-2025-3555 Delegación de competencias.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Holguera
EDICTO. Delegación de competencias.
Visto que corresponde a los/as Tenientes de Alcalde/sa, en cuanto tales, sustituir en la
totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al/a Alcalde/sa, en los casos de
ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste/a para el ejercicio de sus
atribuciones, así como desempeñar las funciones del/a Alcalde/sa en los supuestos de vacante
en la Alcaldía hasta que tome posesión el/a nuevo/a Alcalde/sa,
Teniendo en cuenta que entre los días 5 y 12 de julio de 2025, ambos inclusives, por
vacaciones, la Alcaldesa estará ausente del municipio y el primer Teniente de Alcalde no puede
hacerse cargo por asuntos laborales,
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 44 y 47 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre,
DECRETO
PRIMERO. Delegar en el Teniente de Alcalde Dª. Lorena Iglesias Lindo, Segundo Teniente de
Alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo que
corresponde desde los días del 5 y 12 2025 de julio, ambos inclusives.
SEGUNDO. La delegación comprende tanto las facultades de dirección y gestión como la de
resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. La delegación conferida requerirá para su eficacia la aceptación, se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.
CUARTO. El órgano delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía, a posteriori, de la
gestión y disposiciones que dicte y, previamente, de las decisiones de transcendencia, en los
términos previstos en el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
CVE:
BOP-2025-3555
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 10 de julio de 2025
N.º 0130
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