Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Intermunicipal de la Vera. (BOP-2025-3541)
BOP-2025-3541 Convenio entre el Ayuntamiento de Cuacos de Yuste y la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera de cesión de uso de local e instalaciones: Cesión gratuita del Centro "SOYCA".
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Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Intermunicipal de la Vera.
Todas las obras de reformas de acondicionamiento del presente inmueble para su total
accesibilidad / mantenimiento / infraestructura necesaria para los servicios que se van a
realizar correrán a cargo de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera (incluidas las obras
de acondicionamiento que se van a realizar para su accesibilidad).
CUARTA. El Ayuntamiento de Cuacos de Yuste, como cedente, podrá usar puntualmente las
instalaciones de manera temporal, siempre que no se perjudique la prestación de los servicios
de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera, para actividades municipales que requieran
ese espacio. Ambas entidades acordarán el espacio físico y temporal que requiera dicha
actividad municipal.
QUINTA. Igualmente, las partes firmantes se someten a los controles y/o visitas de
evaluación de calidad y seguimiento que establezcan.
SEXTA. De forma expresa, se conviene, voluntariamente entre las partes, que la parte
cesionaria no podrá ceder ni subarrendar el local objeto de este contrato.
SÉPTIMA. El Ayuntamiento de Cuacos de Yuste recibe el inmueble por medio del
arrendamiento en perfecto estado y útil para su fin, tanto el propio inmueble como su
contenido. En caso de desperfectos no existentes antes del inicio del arrendamiento se hará
cargo quien haga uso de las instalaciones de dicho inmueble.
OCTAVA. En el caso de rescisión del contrato que deviniera por cualquier causa, el
cesionario se compromete a resarcir al Ayuntamiento de Cuacos de Yuste de la indemnización
por daños y perjuicio que reclamara el propietario del edificio cedido.
NOVENA. En el caso de que se iniciara algún proceso de responsabilidad patrimonial por
cualquier ciudadano o empleado al hacer uso de los servicios que presta la Mancomunidad
Intermunicipal de la Vera y que se dimanara finalmente en el pago de una indemnización, esta
correrá a cargo de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera, en la parte que no asumiera el
seguro de necesaria suscripción.
Y para que así conste a todos los efectos legales y en prueba de conformidad, firman el
presente documento, por duplicado ejemplar,
En Cuacos de Yuste, a fecha de firma electrónica.
El Alcalde-Presidente, El Presidente de la MIV,
D. José María Hernández García D. Samuel Martín García
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
Cód.
Validación:
AK23DT5JSYZNGCW47SQ59C7YX
Verificación:
https://mancomunidaddelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-3541
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de julio de 2025
N.º 0129
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Intermunicipal de la Vera.
Todas las obras de reformas de acondicionamiento del presente inmueble para su total
accesibilidad / mantenimiento / infraestructura necesaria para los servicios que se van a
realizar correrán a cargo de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera (incluidas las obras
de acondicionamiento que se van a realizar para su accesibilidad).
CUARTA. El Ayuntamiento de Cuacos de Yuste, como cedente, podrá usar puntualmente las
instalaciones de manera temporal, siempre que no se perjudique la prestación de los servicios
de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera, para actividades municipales que requieran
ese espacio. Ambas entidades acordarán el espacio físico y temporal que requiera dicha
actividad municipal.
QUINTA. Igualmente, las partes firmantes se someten a los controles y/o visitas de
evaluación de calidad y seguimiento que establezcan.
SEXTA. De forma expresa, se conviene, voluntariamente entre las partes, que la parte
cesionaria no podrá ceder ni subarrendar el local objeto de este contrato.
SÉPTIMA. El Ayuntamiento de Cuacos de Yuste recibe el inmueble por medio del
arrendamiento en perfecto estado y útil para su fin, tanto el propio inmueble como su
contenido. En caso de desperfectos no existentes antes del inicio del arrendamiento se hará
cargo quien haga uso de las instalaciones de dicho inmueble.
OCTAVA. En el caso de rescisión del contrato que deviniera por cualquier causa, el
cesionario se compromete a resarcir al Ayuntamiento de Cuacos de Yuste de la indemnización
por daños y perjuicio que reclamara el propietario del edificio cedido.
NOVENA. En el caso de que se iniciara algún proceso de responsabilidad patrimonial por
cualquier ciudadano o empleado al hacer uso de los servicios que presta la Mancomunidad
Intermunicipal de la Vera y que se dimanara finalmente en el pago de una indemnización, esta
correrá a cargo de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera, en la parte que no asumiera el
seguro de necesaria suscripción.
Y para que así conste a todos los efectos legales y en prueba de conformidad, firman el
presente documento, por duplicado ejemplar,
En Cuacos de Yuste, a fecha de firma electrónica.
El Alcalde-Presidente, El Presidente de la MIV,
D. José María Hernández García D. Samuel Martín García
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
Cód.
Validación:
AK23DT5JSYZNGCW47SQ59C7YX
Verificación:
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Miércoles, 9 de julio de 2025
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