Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2025-3538)
BOP-2025-3538 Fin del plazo de solicitudes Ayudas Suministros Mínimos Vitales.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Talayuela
ANUNCIO. Fin del plazo de solicitudes Ayudas Suministros Mínimos Vitales.
Por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 28 de marzo de 2025 se aprueban las Bases que
regirán las Ayudas para Suministros Mínimos Vitales 2025.
De conformidad con los dispuesto en el artículo 4 de las bases reguladoras de las ayudas, “El
plazo de presentación de las solicitudes, se iniciará al día siguiente de la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, y finalizará el 1 de
diciembre de 2025, o cuando se agote el crédito presupuestario”.
Y en el párrafo tercero del apartado 3 del referido artículo señala, “No obstante, de producirse
el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar modificaciones del crédito
o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se podrá declarar terminado el periodo de
vigencia de la convocatoria mediante resolución del alcalde, con la consiguiente inadmisión de
las solicitudes presentadas con posterioridad a esa resolución”.
En virtud de cuanto antecede, teniendo en cuenta que las estimaciones de las solicitudes de
subvención hasta ahora presentadas han conllevado el agotamiento del crédito vinculado en la
convocatoria del ayuda para Suministros Mínimos Vitales 2025,
RESUELVO
Primero. Declarar la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a efectos de
presentación de solicitudes de ayudas económicas para suministros mínimos vitales para el
año 2025.
Segundo. No se admitirán a trámite las solicitudes que se presenten con posterioridad a esta
resolución.
CVE:
BOP-2025-3538
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de julio de 2025
N.º 0129
Pág. 16233
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Talayuela
ANUNCIO. Fin del plazo de solicitudes Ayudas Suministros Mínimos Vitales.
Por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 28 de marzo de 2025 se aprueban las Bases que
regirán las Ayudas para Suministros Mínimos Vitales 2025.
De conformidad con los dispuesto en el artículo 4 de las bases reguladoras de las ayudas, “El
plazo de presentación de las solicitudes, se iniciará al día siguiente de la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, y finalizará el 1 de
diciembre de 2025, o cuando se agote el crédito presupuestario”.
Y en el párrafo tercero del apartado 3 del referido artículo señala, “No obstante, de producirse
el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar modificaciones del crédito
o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se podrá declarar terminado el periodo de
vigencia de la convocatoria mediante resolución del alcalde, con la consiguiente inadmisión de
las solicitudes presentadas con posterioridad a esa resolución”.
En virtud de cuanto antecede, teniendo en cuenta que las estimaciones de las solicitudes de
subvención hasta ahora presentadas han conllevado el agotamiento del crédito vinculado en la
convocatoria del ayuda para Suministros Mínimos Vitales 2025,
RESUELVO
Primero. Declarar la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a efectos de
presentación de solicitudes de ayudas económicas para suministros mínimos vitales para el
año 2025.
Segundo. No se admitirán a trámite las solicitudes que se presenten con posterioridad a esta
resolución.
CVE:
BOP-2025-3538
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de julio de 2025
N.º 0129
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