Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mesas de Ibor. (BOP-2025-3530)
BOP-2025-3530 Aprobación definitiva Suplemento de Crédito.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Mesas de Ibor
ANUNCIO. Aprobación definitiva Suplemento de Crédito.
Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo al
remanente líquido de Tesorería lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión
del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2,
apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el
Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las
Haciendas Locales, en materia de presupuestos:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de
demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa
finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la
vinculación jurídica.
Aplicación Descripción Créditos
iniciales
Suplemento de
crédito
Créditos
finales
Progr. Económica
931 77000 A EMPRESAS
PRIVADAS
0 € 8.207,10 € 8.207,10 €
TOTAL 8.207,10 € 8.207,10 €
CVE:
BOP-2025-3530
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de julio de 2025
N.º 0129
Pág. 16215
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Mesas de Ibor
ANUNCIO. Aprobación definitiva Suplemento de Crédito.
Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo al
remanente líquido de Tesorería lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión
del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2,
apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el
Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las
Haciendas Locales, en materia de presupuestos:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de
demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa
finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la
vinculación jurídica.
Aplicación Descripción Créditos
iniciales
Suplemento de
crédito
Créditos
finales
Progr. Económica
931 77000 A EMPRESAS
PRIVADAS
0 € 8.207,10 € 8.207,10 €
TOTAL 8.207,10 € 8.207,10 €
CVE:
BOP-2025-3530
Verificable
en:
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Miércoles, 9 de julio de 2025
N.º 0129
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