Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2025-3509)
BOP-2025-3509 Modificación del Reglamento de Régimen Interno Residencia Virgen de la Luz.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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las que esté capacitado y que no supongan esfuerzo físico ni mental, sino mera
actividad de ayuda o entretenimiento bajo la supervisión del personal del sector
correspondiente.
El horario de comedor de forma general es el siguiente:
1. Desayuno: De 9,30 a 10,30.
2. Comida: De 13,00 a 14,30.
3. Merienda De 16,30 a 17,15.
4. Cena: De 20,00 a 21,15.
Fuera de comedor se servirá a todos los residentes por el día un zumo a las 11,00 h y por la
noche se realizará un aporte a los diabéticos sobre las 23,30 h /00 h.
HABITACIONES.
En la habitación el residente repartirá equitativamente el espacio con su compañero,
facilitándole en todo momento la colocación de prendas y utensilios.
Se permite la colaboración en la limpieza de la habitación en aquellas tareas para las
que se encuentre capacitado. En cualquier caso, deberá abandonarla durante el
tiempo que el personal de limpieza permanezca en ella.
No se permitirá, salvo caso de enfermedad, y con la debida autorización por parte del
equipo de enfermería, servir comidas en las habitaciones.
Se abstendrá de modificar las instalaciones de las habitaciones y de utilizar aparatos
eléctricos no autorizados por el responsable del Centro tales como radiadores,
neveras, ventiladores, lámparas, braseros, infiernillos, estufas, etc. debido a que
pueden provocar incendios.
Si observa alguna anomalía que se produzca en su habitación (fontanería, electricidad,
etc.) deberá comunicarla al personal de Administración o de Recepción.
Se facilitará la utilización de aparatos de radio y TV realizando la instalación para
conexión de la antena, para aquel usuario que lo solicite. La utilización de estos
aparatos estará condicionada a que no molesten al compañero de habitación o a los
vecinos de las habitaciones cercanas quedando bajo aprobación y supervisión de
Dirección. Por otra parte, los usuarios que utilicen dichos aparatos serán responsables
de su limpieza y cuidado y deberán estar estarán en perfectas condiciones de uso.
No está permitido tender, ni lavar ropa dentro de las habitaciones, así como utilizar las
ventanas para secar las prendas. (Para ello está el servicio de lavandería).
No se guardarán en las habitaciones alimentos debido a que son susceptibles de
CVE:
BOP-2025-3509
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 8 de julio de 2025
N.º 0128
Pág. 16146
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las que esté capacitado y que no supongan esfuerzo físico ni mental, sino mera
actividad de ayuda o entretenimiento bajo la supervisión del personal del sector
correspondiente.
El horario de comedor de forma general es el siguiente:
1. Desayuno: De 9,30 a 10,30.
2. Comida: De 13,00 a 14,30.
3. Merienda De 16,30 a 17,15.
4. Cena: De 20,00 a 21,15.
Fuera de comedor se servirá a todos los residentes por el día un zumo a las 11,00 h y por la
noche se realizará un aporte a los diabéticos sobre las 23,30 h /00 h.
HABITACIONES.
En la habitación el residente repartirá equitativamente el espacio con su compañero,
facilitándole en todo momento la colocación de prendas y utensilios.
Se permite la colaboración en la limpieza de la habitación en aquellas tareas para las
que se encuentre capacitado. En cualquier caso, deberá abandonarla durante el
tiempo que el personal de limpieza permanezca en ella.
No se permitirá, salvo caso de enfermedad, y con la debida autorización por parte del
equipo de enfermería, servir comidas en las habitaciones.
Se abstendrá de modificar las instalaciones de las habitaciones y de utilizar aparatos
eléctricos no autorizados por el responsable del Centro tales como radiadores,
neveras, ventiladores, lámparas, braseros, infiernillos, estufas, etc. debido a que
pueden provocar incendios.
Si observa alguna anomalía que se produzca en su habitación (fontanería, electricidad,
etc.) deberá comunicarla al personal de Administración o de Recepción.
Se facilitará la utilización de aparatos de radio y TV realizando la instalación para
conexión de la antena, para aquel usuario que lo solicite. La utilización de estos
aparatos estará condicionada a que no molesten al compañero de habitación o a los
vecinos de las habitaciones cercanas quedando bajo aprobación y supervisión de
Dirección. Por otra parte, los usuarios que utilicen dichos aparatos serán responsables
de su limpieza y cuidado y deberán estar estarán en perfectas condiciones de uso.
No está permitido tender, ni lavar ropa dentro de las habitaciones, así como utilizar las
ventanas para secar las prendas. (Para ello está el servicio de lavandería).
No se guardarán en las habitaciones alimentos debido a que son susceptibles de
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