Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-3279)
BOP-2025-3279 EXTRACTO. Convocatoria Premios Torneo de Fútbol Sala Masculino y Femenino.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
noviembre de 2025, B.O.P. n.º 0218, por el plazo de 30 días y definitivamente en el B.O.P. de
fecha 31 de diciembre de 2024) y en las restantes normas de derecho administrativo que en su
caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.
El procedimiento para la concesión de estos Premios del Torneo de Fútbol Sala Masculino y
Femenino 2025 será en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las
solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los
criterios de valoración establecidos en esta convocatoria, adjudicando, con el límite fijado en el
punto siguiente, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados
criterios.
2. Créditos Presupuestarios.
Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación 338.229.06 ACTIVIDADES
CULTURALES Y DEPORTIVAS con importe de 3.570 euros, del Estado de Gastos del vigente
presupuesto del Ayuntamiento de Alcuéscar.
Cuantía de los premios:
Modalidad Femenina.
- 1º Premio: 1.190€-19% IRPF=1.000 €.
- 2º Premio: 595 € - 19% IRPF = 500 €.
Modalidad Masculina.
- 1º Premio: 1.190€-19% IRPF =1.000 €.
- 2º Premio: 595 € - 19% IRPF = 500 €.
Excepcionalmente, la convocatoria podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los
créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no
requerirá de una nueva convocatoria.
La fijación y utilización de esta cuantía adicional estará sometida a las reglas del artículo 58 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por
el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
CVE:
BOP-2025-3279
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de junio de 2025
N.º 0121
Pág. 15223