Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-3203)
BOP-2025-3203 Acuerdo de inicio del procedimiento de venta para sacrificio/cebadero de ganado bovino de las razas Avileña, Charolesa y Blanca Cacereña, procedentes de la finca "Haza de la Concepción" de Malpartida de Plasencia.
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LOTE 2
CROTAL CROTAL CROTAL
ES041011642724 ES051011642725 ES051011642769
ES001011642764 ES061011642760 ES001011642720
ES061011642782 ES011011642798 ES071011642783
ES051010000078 ES031011642723 ES011011642787
ES011011642776 ES081011642784 ES021011642788
ES011011642709 ES091011642785 ES021011642744
ES041011642757 ES051011642758 ES071011642738
ES071011642749 ES021011642799 ES041011642768
ES031011642712 ES061011642771 ES041011642791
ES031011656616 (CH) ES021011656637 (BC)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 118 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que
se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, se procede a realizar el siguiente informe de
valoración:
* Consideraciones Generales:
El precio empleado para el ganado que habrá de regir la adjudicación, es fijado como tipo de licitación de
referencia, (IVA excluido).
Asimismo, correrán por cuenta del adjudicatario los gastos derivados de los necesarios desplazamientos del
ganado desde la finca “Haza de la Concepción” hasta su destino, los cuales se entienden comprendidos en
el precio de adjudicación.
*Consideraciones Específicas:
1.- Como base para la determinación del precio de referencia se utilizan los precios fijados en la sesión del
día 13 de junio de 2025 de la “Mesa de Vacuno de la Lonja Agropecuaria de Extremadura”, correspondiente
al tipo del ganado a enajenar. Si en la citada sesión no existiera precio de cotización por alguna de las razas
puestas en venta, se tomará como referencia la última sesión en la que se hubiera determinado precio
mínimo para esa raza. Se adjunta a este informe hoja de cotización.
Dadas las características del ganado, el precio aplicado es el correspondiente a cada categoría.
2.- Efectuada la media, al precio obtenido se le aplica el factor de corrección que corresponde al
rendimiento cárnico de la raza y sexo de cada lote y ello, toda vez que en la Mesa de Precios de referencia
se determina el precio / kg. canal y, sin embargo, la enajenación se efectúa peso / kg. Vivo.
3.- Al Precio Peso Kilogramo Vivo obtenido, tomando como referencia la Mesa de Vacuno, se le aplican los
siguientes factores de corrección, derivados del mercado:
SECCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA – Ronda San Francisco, s/n – Edificio “Julián Murillo” – 10002 Cáceres
DIR: LA0009150 Unidad Agropecuaria – Tlf: 927 25 56 31 y 927 25 55 06 – Email: agropecuaria@dip-caceres.es
https://verifirma.dip-caceres.es/verifirma/GEN-PF228V46V0WROT0PU8QSU59RTCEQ661W
GEN-PF228V46V0WROT0PU8QSU59RTCEQ661W
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Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
OLGA
JAVATO
BELLO
-
TECNICO
AGRICOLA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
24/06/2025
09:39
2/3
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2025-3203
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 25 de junio de 2025
N.º 0119
Pág. 14952
CROTAL CROTAL CROTAL
ES041011642724 ES051011642725 ES051011642769
ES001011642764 ES061011642760 ES001011642720
ES061011642782 ES011011642798 ES071011642783
ES051010000078 ES031011642723 ES011011642787
ES011011642776 ES081011642784 ES021011642788
ES011011642709 ES091011642785 ES021011642744
ES041011642757 ES051011642758 ES071011642738
ES071011642749 ES021011642799 ES041011642768
ES031011642712 ES061011642771 ES041011642791
ES031011656616 (CH) ES021011656637 (BC)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 118 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que
se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, se procede a realizar el siguiente informe de
valoración:
* Consideraciones Generales:
El precio empleado para el ganado que habrá de regir la adjudicación, es fijado como tipo de licitación de
referencia, (IVA excluido).
Asimismo, correrán por cuenta del adjudicatario los gastos derivados de los necesarios desplazamientos del
ganado desde la finca “Haza de la Concepción” hasta su destino, los cuales se entienden comprendidos en
el precio de adjudicación.
*Consideraciones Específicas:
1.- Como base para la determinación del precio de referencia se utilizan los precios fijados en la sesión del
día 13 de junio de 2025 de la “Mesa de Vacuno de la Lonja Agropecuaria de Extremadura”, correspondiente
al tipo del ganado a enajenar. Si en la citada sesión no existiera precio de cotización por alguna de las razas
puestas en venta, se tomará como referencia la última sesión en la que se hubiera determinado precio
mínimo para esa raza. Se adjunta a este informe hoja de cotización.
Dadas las características del ganado, el precio aplicado es el correspondiente a cada categoría.
2.- Efectuada la media, al precio obtenido se le aplica el factor de corrección que corresponde al
rendimiento cárnico de la raza y sexo de cada lote y ello, toda vez que en la Mesa de Precios de referencia
se determina el precio / kg. canal y, sin embargo, la enajenación se efectúa peso / kg. Vivo.
3.- Al Precio Peso Kilogramo Vivo obtenido, tomando como referencia la Mesa de Vacuno, se le aplican los
siguientes factores de corrección, derivados del mercado:
SECCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA – Ronda San Francisco, s/n – Edificio “Julián Murillo” – 10002 Cáceres
DIR: LA0009150 Unidad Agropecuaria – Tlf: 927 25 56 31 y 927 25 55 06 – Email: agropecuaria@dip-caceres.es
https://verifirma.dip-caceres.es/verifirma/GEN-PF228V46V0WROT0PU8QSU59RTCEQ661W
GEN-PF228V46V0WROT0PU8QSU59RTCEQ661W
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artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
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Código
Seguro
de
Verificación:
OLGA
JAVATO
BELLO
-
TECNICO
AGRICOLA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
24/06/2025
09:39
2/3
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2025-3203
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 25 de junio de 2025
N.º 0119
Pág. 14952