Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas del Castañar. (BOP-2025-3118)
BOP-2025-3118 Bases ayudas material escolar 2025/2026.
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Ayuntamiento de Casas del Castañar
Ayuntamiento de Casas del Castañar
Plaza de San Juan, s/n, Casas del Castañar. 10616 (Cáceres). Tfno. 927478001. Fax: 927478522
En ningún caso el importe total de las ayudas concedidas puede superar el crédito
existente.
Base 5.- Requisitos de los beneficiarios
1.- Podrán solicitar esta subvención aquellas personas físicas:
a) Que tengan niños escolarizados en CRA Riscos de Villavieja, sede Casas del Castañar
de los Cursos Infantil y Primaria , curso 2025/2026
Los niños que estén cursando Secundaria, y hayan estado escolarizados en CRA
Riscos de Villavieja, sede Casas del Castañar, el último curso de Primaria.
b) Que no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el
artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
-LGS-, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias con la Hacienda estatal (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad
Social (TGSS). Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la
solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso.
c) Que no tengan deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento . Este requisito debe
cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la
subvención, en su caso. ( Se comprobará de oficio)
2.- En ningún caso el importe de la subvención unido al de otras posibles
subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier
administración o ente público o privado podrá superar el coste del material escolar
Base 6ª.- Solicitudes
1.- El modelo de solicitud normalizado para la obtención de las subvenciones
reguladas en la presente convocatoria estará disponible en el Ayuntamiento y en la
sede electrónica.
2.- Las solicitudes, que deberán dirigirse al Alcalde, se presentarán físicamente en el
Registro de entrada del Ayuntamiento.
3.- El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
4.- La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no
utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causas de
inadmisión.
Base 7.- Documentación a aportar
1.- La solicitud normalizada (Anexo I) deberá estar firmada por el /la padre, madre o
tutor /a o representante legal del menor de edad. Se acompañará la siguiente
documentación:
a) DNI por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte, del progenitor solicitante
Cód.
Validación:
4SMS5NCJ4AAZR9QNTKPF56A7R
Verificación:
https://casasdelcastanar.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2025-3118
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de junio de 2025
N.º 0115
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