Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-3090)
BOP-2025-3090 Aprobación definitiva Reglamento de uso del Gimnasio Municipal de Valdesalor.
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que asiste a la instalación sufre alguna lesión que pueda repercutir en la práctica
deportiva, deberá notificarlo.
14º) Queda prohibido el uso de reproductores de música sin audífonos.
15º) Está prohibida la entrada a usuarios con enfermedades infecciosas, heridas
abiertas o algún tipo de sangrado.
16º) A requerimiento del personal de la instalación el abonado/a, usuario/a tendrá la
obligación de identificarse mediante el carnet o abono.
17º) Se recomienda solicitar un programa de entrenamiento individualizado al
monitor/a del gimnasio, así como pedir asesoramiento sobre cualquier duda que se
pueda tener.
18º) Queda prohibido compartir, emitir o reproducir imágenes ( tanto de foto como de
vídeo) de las personas que pudieran ser objeto de dichas captaciones de imagen,
salvo autorización expresa de dichas personas.
19º) Queda expresamente prohibido la entrada de armas de fuego, bengalas,
materiales de pirotecnia o cualquier otro objeto que sea peligroso para la integridad
física de las personas.
ARTICULO 9.- El Ayuntamiento de Cáceres, como titular del gimnasio, no se hace
responsable de cualquier accidente, afección o enfermedad derivado del uso de las
instalaciones y equipos que pueda causar lesiones, daños o incluso la defunción del
usuario, dado que los mismos utilizan el gimnasio de manera voluntaria o bajo su
responsabilidad.
ARTICULO 10.- La determinación del horario del gimnasio corresponderá al
Ayuntamiento de Cáceres, exponiéndose el horario en lugar visible del
establecimiento.
En caso de gestión indirecta del servicio, el horario de apertura y cierre será el previsto
en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
ARTÍCULO 11.- El personal a cargo de la instalación del gimnasio tendrá las
siguientes funciones:
a) Apertura y cierre de las instalaciones del gimnasio.
b) Cuidar que las actividades en el interior se realicen con normalidad.
c) Velar por el buen orden, limpieza y adecuado uso de las instalaciones.
CVE:
BOP-2025-3090
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de junio de 2025
N.º 0114
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deportiva, deberá notificarlo.
14º) Queda prohibido el uso de reproductores de música sin audífonos.
15º) Está prohibida la entrada a usuarios con enfermedades infecciosas, heridas
abiertas o algún tipo de sangrado.
16º) A requerimiento del personal de la instalación el abonado/a, usuario/a tendrá la
obligación de identificarse mediante el carnet o abono.
17º) Se recomienda solicitar un programa de entrenamiento individualizado al
monitor/a del gimnasio, así como pedir asesoramiento sobre cualquier duda que se
pueda tener.
18º) Queda prohibido compartir, emitir o reproducir imágenes ( tanto de foto como de
vídeo) de las personas que pudieran ser objeto de dichas captaciones de imagen,
salvo autorización expresa de dichas personas.
19º) Queda expresamente prohibido la entrada de armas de fuego, bengalas,
materiales de pirotecnia o cualquier otro objeto que sea peligroso para la integridad
física de las personas.
ARTICULO 9.- El Ayuntamiento de Cáceres, como titular del gimnasio, no se hace
responsable de cualquier accidente, afección o enfermedad derivado del uso de las
instalaciones y equipos que pueda causar lesiones, daños o incluso la defunción del
usuario, dado que los mismos utilizan el gimnasio de manera voluntaria o bajo su
responsabilidad.
ARTICULO 10.- La determinación del horario del gimnasio corresponderá al
Ayuntamiento de Cáceres, exponiéndose el horario en lugar visible del
establecimiento.
En caso de gestión indirecta del servicio, el horario de apertura y cierre será el previsto
en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
ARTÍCULO 11.- El personal a cargo de la instalación del gimnasio tendrá las
siguientes funciones:
a) Apertura y cierre de las instalaciones del gimnasio.
b) Cuidar que las actividades en el interior se realicen con normalidad.
c) Velar por el buen orden, limpieza y adecuado uso de las instalaciones.
CVE:
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Verificable
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