Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo. (BOP-2025-3028)
BOP-2025-3028 Licitación barra de las fiestas 2025.
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Al pago del importe ofrecido en el plazo de 24 horas después del acto de apertura de plicas.
A la explotación de la actividad durante las fechas que a continuación e indican, y siempre a su
riesgo y ventura, no teniendo derecho, por tanto, a reducción ni deducción alguna del precio de
adjudicación.
Estar dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y en la Agencia
Tributaria, extremo este que deberá acreditarse antes del inicio de la actividad.
Las fechas de explotación de la barra son las siguientes:
24, 25, 26 y 27 de julio. Festividad de Santa Ana.
21, 22, 23 y 24 de agosto. Fiestas del Remolino.
Al mantenimiento adecuado de las instalaciones que realice el adjudicatario.
A ejercer y mantener la actividad de bar con la debida diligencia de un buen comerciante,
ofreciendo el mejor trato a los clientes y garantizando la calidad de los artículos que expenda,
siendo responsable directo de los daños, perjuicios o reclamaciones que pueda ocasionar en el
ejercicio de la actividad.
El concesionario se hace directa y exclusivamente responsable, tanto civil como penalmente de
cuantos daños puedan ocasionarse a terceras personas o cosas y que sean consecuencia
directa o indirecta del negocio, debiendo contar con un seguro de responsabilidad civil o
asumiendo, en su cargo personalmente los daños que se ocasionen. El Ayuntamiento de
Valdelacasa de Tajo quedará eximido de todos los daños que se pudieran ocasionar en la
barra de las fiestas durante el periodo de vigencia del contrato.
A cuidar de que su negocio presente, en cada momento, un aspecto cuidado, adecuado,
pulcro, en especial de que el mismo reúna las condiciones de higiene y salubridad
indispensables.
A explotar por sí mismo y/o con la ayuda de personal la actividad del bar durante las fechas
objeto de contrato, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y de seguridad social que puedan corresponderle por dicho concepto, así como de
las autorizaciones o permisos que legalmente deba obtener. La actividad de bar tiene la
consideración de actividad festiva, organizada por el Ayuntamiento, quien solicitará los
correspondientes permisos. Deberá el adjudicatario cumplir estrictamente y velar
especialmente por el cumplimiento de la normativa de prohibición de expedición de bebidas
alcohólicas a los menores de edad.
CVE:
BOP-2025-3028
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de junio de 2025
N.º 0111
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