Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2025-2841)
BOP-2025-2841 Modificación del Reglamento de Protocolo, Ceremonial, Honores y Distinciones.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de la Villa de
MORALEJA (Cáceres)
Secretaría
General
7
El nombramiento de Cronista Oficial de la Villa de Moraleja recaerá sobre
personas físicas que se hayan distinguido en su tarea de estudio, investigación, y
difusión de los temas relacionados con la Villa
La condición de Cronista Oficial de la Villa de Moraleja no podrá recaer en
más de una persona simultáneamente, si bien, el Ayuntamiento podrá, aun así, designar
un ayudante, que sirva de apoyo para el cronista en la realización de sus funciones,
además de poner a su disposición el material y medios técnicos del Ayuntamiento que
se pondrán a su disposición para facilitar el desarrollo de su tarea.
Como distintivo se entregará a quien corresponda una medalla de plata
figurando en el anverso el escudo de armas de la localidad. La medalla penderá de una
cinta de 30 mm. de ancho con los colores rojo púrpura y verde que llevará un pasador-
hebilla del mismo metal y que se prenderá en el lado izquierdo del pecho.
Se entregará, igualmente, un diploma artístico acreditativo que contendrá el
siguiente texto:
EL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA.
NOMBRA
A D./Dña. (nombre de la persona) Cronista Oficial de la Villa de Moraleja
de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Protocolo, Ceremonial, Honores y
Distinciones y en virtud del acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento el (día) de (mes)
de (año) , (día) de (mes) de (año) .
El/la Alcalde/sa de .- El Secretario.
Artículo 27
La Medalla al Mérito Ciudadano se concederá a toda persona física o
colectivo, cualquiera que sea su origen o naturaleza, como reconocimiento público a
quienes se hallan destacado en la realización de actividades cuyos resultados aporten
singulares beneficios en las diversas áreas del conocimiento humano, acciones de
trascendencia social para la localidad o altruistas para la colectividad, de manera
desinteresada o que se destaquen en la protección de personas y bienes sujetos a riesgos
por catástrofes, accidentes o calamidades públicas y que su acción haya superado el
nivel de exigencia reglamentaria de cumplimiento del mismo, caso de formar parte de
sus obligaciones el llevarlas a cabo al estar integrado dentro de algún cuerpo, organismo
o institución al que por su naturaleza estén obligados.
Como distintivo se entregará, a quien corresponda, una medalla de oro
figurando en el anverso el escudo de armas de la localidad. La medalla penderá de una
cinta de 30 mm. de ancho de color rojo púrpura que llevará un pasador-hebilla del
mismo metal y que se prenderá en el lado izquierdo del pecho.
Se entregará, igualmente, un diploma artístico acreditativo que contendrá el
siguiente texto:
EL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA.
Cód.
Validación:
32RQEJQKNWJR4SMXYJ3KF43LJ
Verificación:
https://moraleja.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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Verificable
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Jueves, 5 de junio de 2025
N.º 0105
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MORALEJA (Cáceres)
Secretaría
General
7
El nombramiento de Cronista Oficial de la Villa de Moraleja recaerá sobre
personas físicas que se hayan distinguido en su tarea de estudio, investigación, y
difusión de los temas relacionados con la Villa
La condición de Cronista Oficial de la Villa de Moraleja no podrá recaer en
más de una persona simultáneamente, si bien, el Ayuntamiento podrá, aun así, designar
un ayudante, que sirva de apoyo para el cronista en la realización de sus funciones,
además de poner a su disposición el material y medios técnicos del Ayuntamiento que
se pondrán a su disposición para facilitar el desarrollo de su tarea.
Como distintivo se entregará a quien corresponda una medalla de plata
figurando en el anverso el escudo de armas de la localidad. La medalla penderá de una
cinta de 30 mm. de ancho con los colores rojo púrpura y verde que llevará un pasador-
hebilla del mismo metal y que se prenderá en el lado izquierdo del pecho.
Se entregará, igualmente, un diploma artístico acreditativo que contendrá el
siguiente texto:
EL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA.
NOMBRA
A D./Dña. (nombre de la persona) Cronista Oficial de la Villa de Moraleja
de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Protocolo, Ceremonial, Honores y
Distinciones y en virtud del acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento el (día) de (mes)
de (año) , (día) de (mes) de (año) .
El/la Alcalde/sa de .- El Secretario.
Artículo 27
La Medalla al Mérito Ciudadano se concederá a toda persona física o
colectivo, cualquiera que sea su origen o naturaleza, como reconocimiento público a
quienes se hallan destacado en la realización de actividades cuyos resultados aporten
singulares beneficios en las diversas áreas del conocimiento humano, acciones de
trascendencia social para la localidad o altruistas para la colectividad, de manera
desinteresada o que se destaquen en la protección de personas y bienes sujetos a riesgos
por catástrofes, accidentes o calamidades públicas y que su acción haya superado el
nivel de exigencia reglamentaria de cumplimiento del mismo, caso de formar parte de
sus obligaciones el llevarlas a cabo al estar integrado dentro de algún cuerpo, organismo
o institución al que por su naturaleza estén obligados.
Como distintivo se entregará, a quien corresponda, una medalla de oro
figurando en el anverso el escudo de armas de la localidad. La medalla penderá de una
cinta de 30 mm. de ancho de color rojo púrpura que llevará un pasador-hebilla del
mismo metal y que se prenderá en el lado izquierdo del pecho.
Se entregará, igualmente, un diploma artístico acreditativo que contendrá el
siguiente texto:
EL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA.
Cód.
Validación:
32RQEJQKNWJR4SMXYJ3KF43LJ
Verificación:
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